En caso de que durante la ITE por enfermedad común finalice la reducción de jornada por guarda legal de menor (por cumplir el hijo 12 años), ¿es obligación de la empresa tenerlo en cuenta automáticamente o es el trabajador, que está de baja, el obligado a comunicarlo?
A partir de dicha fecha, ¿tiene el trabajador el derecho y la empresa la obligación de retribuir por jornada completa, aunque permanezca de baja?
GRACIAS
La reducción por guarda legal termina cuando el niño cumple 12 años, este es el hecho causante por tanto todo lo demás no cuenta, ni la necesidad del trabajador de notificar a la empresa, salvo que esta no tenga conocimiento de cual es esa fecha, por tanto si yo fuese el trabajador notificaria por escrito la fecha de cumpleñas del menor, todo lo demás con independencia de que este o no de IT viene rodado.
SMO