Buenos días, llevo 15 años pagando un aval bancario que tuve que hacer al efectuar la obra nueva.
Quisiera preguntar si este aval prescribe alguna vez o por lo contrario es para toda la vida??
Muchas gracias y un saludo.
Si Ud. está, lo está abonado, no está incurriendo en mora, prescribirá si UD deja de pagar, incurre en mora y trascurren 5 años sin que se lo reclamen. Naturalmente, cada 5 años le pueden interrumpir la prescripción con la posibilidad de reclamársela judicialmente.
Tendrán que conseguir el original, que lo tendrá la persona o Entidad ante la que avalaban, y con ese original, dirigirse al Banco para su cancelación.
Debería aclarar más el asunto. Ese aval fue como consecuencia de un préstamo que ahora no se paga?. De qué cantidad estamos hablando? Todo esto en ese banco se lo deben de aclarar.
Parece lógico pensar que el consultante se refiere a la garantía de reposición de servicios públicos. Así que el mejor sitio para consultar será en Urbanismo del Ayuntamiento correspondiente al Municipio en el que se ejecutó la misma... Dependiendo de la organización municipal, pueden tener modelo normalizado de solicitud de devolución de fianzas, avales etc y aportando los documentos que se requieran de fin de obra y demás, resolverán la devolución si procede. SMO
Buenos días, parece ser que urbanismo de la comunidad de Murcia especifica que son 25 años de aval. Alguien sabe la legislación donde poder mirar este tipo de tiempo??. Muchas gracias y un saludo.