Buenos días: inicie un procedimiento verbal a una empresa por una reclamación de una cantidad de una factura de arreglo de coche qno llegaron a arreglar nunca.... con los retrasos de la justicia les costo mucho al juzgado entregar la demanda pero finalmente les encontraron y se la entregaron, el caso es que no contestaron nunca a la misma y, se les declaro en rebeldía. en el mismo auto se nos pedía si queríamos una vista para el procedimiento a lo que alegamos qno, entendiendo que quedaría visto para sentencia (yo soy laboralista y me pierdo un poco fuera de mi área...) El caso que esto fue en marzo del 22 y al no tener noticias llame el lunes al juzgado y de muy malas maneras me dijeron que el procedimiento estaba cerrado. Resulta que en noviembre del 2022 el juez se retracta de la declaración en rebeldía de la empresa pq parece ser que sí contesto a la demanda y, ayer nos llego un auto que explica que se deshace la declaración en rebeldía porque la empresa contesto a la demanda, tiene fecha de 2 de diciembre y dice que no cabe recurso contra ese auto.... Alguien podría decirme que podemos hacer? porque yo creo qhay alguna notificación mas que no nos ha llegado y por eso han cerrado el procedimiento y no se si presentando un escrito y alegando indefensión podríamos hacer algo o, me olvido ya del todo....
Los procedimiento no se "cierran"; y menos porque sí. Ha de ir usted a un abogado, otorgarle un poder (que puede hacer gratis online) y que vaya a ver qué es lo que ha pasado, en qué situación está el asunto y cuál es el régimen de recursos.
Tiene que hacerse con copia de las actuaciones y someterlas a revisión de un profesional. Pero ni le van a hacer fotocopias ni le van a entregar los autos para que las haga usted. Ha de pedir copia mediante el servicio online que tiene el Ministerio de Justicia en la correspondiente página, para lo cual precisa de un certificado digital, un edni o una tarjeta profesional de un abogado. Le harán llegar a su correo copia de los autos porque en el Juzgado la tienen digitalizada.
Si lo sé, por lexnet.... Pero han habilitado una página similar en la comunidad de Madrid para particulares con certificado digital asiq lo intentaré por ahí. Gracias!!!!