¿Qué pasaría si termina el plazo de un convenio interno de empresa y no ha llegado a un acuerdo con la misma?
--¿Seguiría el mismo que estaba vigente, pero ahora ya ha acabado?
--¿Se volveria a la condición anterior al convenio?
--¿Se puede considerar condición más beneficiosa para el trabajador y por ende, no se podría volver atras?
--¿puede la empresa amenazar con no firmar un nuevo convenio, aunque se tenga por "norma general" negociar uno cada vez que acaba el anterior?
--¿En este último caso qué pasaría?
El art. 86.3 del Estatuto de los Trabajadores,en su párrafo segundo establece que "La vigencia del contenido normativo del convenio, una vez concluida la duración pactada, se producirá en los términos que se hubieren establecido en el propio convenio. En defecto de pacto se mantendrá en vigor el contenido normativo del convenio"
En el caso de no querer negociar habría que ponerlo en conocimiento de la Autoridad Laboral e intentar una conciliación o mediación.