Hola Soledadddd. Voy a intentar responder a sus preguntas.
En cuanto a "el problema es que mi inquilino no me paga en las fechas estrablecidas y siempre va con retraso". He de decirle que la Jurisprudencia, mayoritariamente, no concede a los meros retrasos en el pago de la renta gravedad suficiente como para provocar la resolución del contrato.
En lo relativo a " Me llamó por teléfono y me comentó que va a dejar la casa dentro de 15 días porque no puede asumir los pagos". Su arrendatario, si quiere dar por extinguido el contrato, debe notificárselo a usted por escrito( burofax con acuse de recibo).
En atención a " Podría entrar en mi casa al día siguiente de irse sin tener nada que justifique que se ha ido?". La respuesta es NO; bajo ningún concepto puede usted ocupar la casa sin documento que justifique la resolución del contrato.
En lo referente a " Puedo reclamarle el pago de los dos meses que quedan de contrato?". En principio la respuesta sería afirmativa. Sin embargo, teniendo en cuenta que la causa por la que su arrendatario quiere dar por resuelto el contrato es la falta de dinero para hacer frente a la renta( posible insolvencia) aunque fuere condenado judicialmente usted no cobraría si su arrendatario es declarado insolvente. Antes de entablar demanda de deshaucio y reclamación de rentas( y la posible indemnización por resolución anticipada del contrato) habría que hacer un estudio económico sobre su arrendatario( para ver si tiene o no liquidez, bienes embargables, nómina, ect..)
La respueta a sus dos últimas preguntas " Cuando deberiamos revisar la casa para ver los desperfectos? y ¿cuanto tiempo tengo para devolverle el depósito??" dependerá del modo en que se concrete la resolución del contrato.( Mediante escrito en el que el Arrendatario manifieste su voluntad de dar por resuelto el contrato y ponga las llaves a disposición de usted como arrendadora( este escrito debe estar fechado y firmado por ambas partes) o por resolución judicial.
Mi consejo es que ponga con urgencia su caso en manos de un/a profesional de la abogacía, quien le asesorará sobre el mejor procedimiento a seguir.
primero preocupese de que le page los meses vencidos. En cuanto a lo otro bajo mi mosdestos conocimiento si no esta especificado en el contrato se puede rescindir no sin ante sanear los debitos y algun despefect que haya ocasionado en la vivienda durante su uso
Buenos dias a todos:
Tengo un pequeño problemilla que me gustaría consultar. Tengo en alquiler una casa desde enero del 2006, el problema es que mi inquilino no me paga en las fechas estrablecidas y siempre va con retraso. Me llamó por teléfono y me comentó que va a dejar la casa dentro de 15 días porque no puede asumir los pagos. El problema está en que el contrato no ha terminado, y no hay ninguna clausula que diga que se puede rescindir el contrato de esa forma. Quería saber que procedimientos tengo que seguir, porque el no me ha dado nada por escrito, Podría entrar en mi casa al día siguiente de irse sin tener nada que justifique que se ha ido? Puedo reclamarle el pago de los dos meses que quedan de contrato? Puedo pedirle alguna indemnización? Cuando deberiamos revisar la casa para ver los desperfectos? y ¿cuanto tiempo tengo para devolverle el depósito??
Como veis tengo muchas preguntas y agradecería toda la ayuda que me pudieran dar.