Hola.
a finales de marzo termina el contrato que hice con los inquilinos hace 3 años. La zona se ha revalorizado y por la poca oferta existente la renta ha quedado desactualizada. Mi intención en subirla un 25%, ya que además en este tiempo se ha instalado un ascensor que no estaba en el momento de firmar el contrato original.
Mi pregunta es: ¿debo notificar la subida de renta por burofax obligatoriamente? Me refiero a si comunicándolo por e-mail es suficiente.
Otra duda es: al subir la renta, y cambiar así una de las condiciones esenciales del contrato, ¿hay que hacer un nuevo contrato por 3 años? o se puede firmar un anexo, por un año, que es mi intención?
Gracias
Para llevar a cabo esa subida tiene que realizar un nuevo pacto.
Lo recomendable es que sea por escrito.
Después de 3 años puede resolver el contrato y pactar uno nuevo, y ahí podrá poner la renta que le parezca oportuna.
SI no quiere hacer un contrato nuevo basta con el anexo, pero desde luego tiene que hacerlo por escrito para que no haya duda.
Muchas gracias por la respuesta
Como no estaban dispuestos a asumir el aumento de renta, he optado por enviar un burofax comunicando la no renovación de la siguiente prórroga, ya que estoy dentro del plazo legal para ello.
Un saludo
Hola de nuevo
Hace 2 semanas que envié el burofax a los inquilinos comunicando mi deseo de no prorrogar el contrato (finaliza el 31 de marzo). Desde entonces no he podido contactar con ellos, y tampoco han recogido el burofax (correos me informó que ha dejado aviso en el buzón). No me han respondido por escrito ni atendido mis llamadas.
El no recoger el burofax, les da derecho a permanecer en la vivienda aduciendo que no les ha sido informado a tiempo? ¿qué debo hacer si quieren seguir allí pagando la renta?
Gracias
Negarse a la notificacion del burofax es equivalente a la notificacion. El juez lo tendra por notificado, con lo cual es la peor opcion que pueden elegir los inquilinos, ya que cuenta como recibido, pero al no haberlo leido no saben qué es lo que ud. les pide y no pueden defenderse.
En particular no les va a servir para quedarse mas tiempo diciendo que no lo han recibido ni leido.
SI a pesar de eso no se van no va a tener mas remedio que interponer una demanda de desahucio por finzalicion del plazo para lo cual necesitara abogado y procurador.
Gracias por la respuesta. La duda que me queda es si ellos siguieran pagando la renta porque pienan que así no se les puedo echar, qué hago yo con ese dinero? Se lo tengo que devolver?
Me lo quedo en concepto de indeminación, mientras dura el procedimiento legal de deshaucio?
Un saludo
Según la LAU su contrato puede prorrogarse al menos dos años más si el inquilino lo solicita con 30 días de anticipación. Si no hay comunicación, el contrato está resuelto a los tres años por lo que usted podrá formalizar un nuevo contrato estipulando la renta que considere adecuada.