Existe un contrato de arrendamiento antiguo de un local de negocios, con una empresa a nivel nacional.
Para calcular la fecha de finalización del contrato de arrendamiento, al parecer, la LAU94 establece la relación con el montante del IAE.
Al parecer la referida empresa abona el IAE en Madrid de forma global para todas las sucursales que tiene en España, por lo que esto influye negativamente en el arrendador de ese local.
¿Es esto posible?.
¿No se debería abonar el IAE en cada provincia e incluso en cada municipio donde tenga la empresa una sucursal?.