Buenas tardes, necesito ayuda para resolver la siguiente duda:
Vivo en un piso de alquiler desde mayo de 2016, el contrato se renueva cada año si ninguna de las partes expresamos lo contrario, hasta un máximo de 3 años. Estamos negociando la compra de un piso y nos mudaríamos a él en junio. Mi duda es, si los 6 meses mínimos que deben transcurrir para poder finalizar el contrato de alquiler sin tener que pagar indemnizaciones cuentan desde mayo de 2016, que es cuando se formalizó el contrato inicialmente, o si después de cada renovación anual vuelven a empezar a contar los 6 meses.
No conozco ninguna sentencia ni a favor ni en contra de la respuesta que le voy a dar por lo que debe quedar claro que dicha respuesta es sólo mi opinión, pero creo que la respuesta es desde mayo del 2016, es decir, que los 6 meses no se renuevan con cada prórroga. La razón es que interpreto que esos 6 meses se han establecido para garantizar al casero una duración mínima, por lo que una vez transcurrido el período inicial del arrendamiento ya se ha cumplido la función para la que se estableció el plazo de 6 meses y no se prorroga esa regulación.
Gracias por la respuesta, yo opino igual, pero como no lo sé, prefiero asegurarme. En todo caso, preguntaré a la empresa que nos alquila el piso, a ver qué nos dicen.