Buenas, mi inquilino ha decidido rescindir unilateralmente el contrato. Para ello ha realizado la correspondiente comunicación respetando los plazos de preaviso establecidos en el contrato.
En su comunicación por email indicaba como fecha de entrega de llaves del inmueble el día 15 de abril.
El problema es que estando recogido en el contrato que el pago de la renta se efectuará por mensualidades antes de los 5 primeros días 5 de cada mes, pretende abonar sólo los 15 días que dice permanecerá en la casa y así lo ha hecho efectivo mediante la correspondiente transferencia.
Es esto legal según la ley de arrendamientos urbanos?.
Esta duda es más frecuente de lo que parece, y la respuesta es la siguiente: lo que pretende el inquilino NO ES LEGAL, ya que al estar establecido el pago entre los días 1 a 5 de cada mes, resulta que el día 15 se ha devengado el mes completo y por tanto el inquiliino tiene que pagar el mes completo. Si el inquilino no lo considera justo, que preavise para irse el día 30 en lugar del 15 y así no "desperdicia" renta alguna.