Hola.
En diciembre se me agotan los dos años de reserva de puesto de trabajo(por ley).
Estoy en incapacidad permanente total y hay una ley que hace que mi empresa me guardara el puesto de trabajo durante dos años en caso de mejoria.
La pregunta es..
si en diciembre que se agotan esos dos años de reserva de puesto,no hay mejoria y sigo de incapacidad permanente total(de momento la tengo revisable en mayo del proximo año)..
que pasaria?
La empresa tendria k darme un finiquito?Un despido? Nada??
Cuando pasé a cobrar por la seguridad social,cobré un seguro que mi empresa tenia con vida caixa por incapacidad permanente total,pero la empresa en si,ni me dio una hoja de despido,de interrupcion temporal del trabajo.. de nada,vamos!!!
Podreis informarme en algo??
Muchas gracias
La empresa tenía que haberte finiquitado cuando te dieron la incapacidad. El finiquito sería basicamente por las vacaciones no disfrutadas.
Ahora ya no te corresponde nada.
SALUDOS.
pero si no lo hizo?? si yo no sabia nada de eso??
No puedo reclamarlo??
No hay lley que me ampare??Entonces..
en diciembre que se agota esa reserva de puesto de trabajo si no vuelvo..
sin mas no vuelvo y yá está??No tienen que darme nada? Ni una carta diciendome que ya no trabajo alli..??
A ver..es que no se si me explico bien lo que quiero decir..
llega diciembre,se agota la reserva del puesto de trabajo..no vuelvo..y sin mas??Ya está??
Gracias
Si, ya está. La relación en si termino cuando te dieron la incapacidad, lo único es que si te revocaban la incapacidad permanente, tenías derecho a que la empresa te reincorporara.
Si no lo hizo tenías un año para reclamar.
SALUDOS.
Los dos años los hace en diciembre.
Si vuelvo..
sabes si tienen k darme mi mismo puesto,con mi misma antiguedad..etc???
O pueden mandarme a cualquier otro pueblo donde la empresa tiene sucursal??
Y entonces queda claro que si no puedo volver..
sin mas...?? no tngo ni que recibir nada por parte de ellos de fin de relacion laboral ni nada de nada???
Ni tendria derecho a paro por los años trabajados??
nada???
Tienen que darte el mismo puesto.
Tienes derecho a una pensión por incapacidad que es compatible con cualquier trabajo que no sea de tu profesión habitual.
SALUDOS.
Yo de ti pediria una revision ya,mañana mismo si quieres conservar tu puesto de trabajo,de todas formas si no pone:revision en tal fecha por posible mejoria esta claro que te la hacen cuando ya ha pasado los dos años,para que no te puedas incorporar.un saludo
Hola lunnisol
A ver,en mi incapacidad pone: se le concede la incapacidad permanenente en grado de total para su profesion habitual y podria haber revision en dos años por reserva de puesta de trabajo(con otras palabras vale?)..
los dos años los hace en diciembre.
O sea,se supone k hasta diciembre tengo derecho a volver,bien porque lo solicite yo..o bien porque el inss me revisara y me diera el alta(cosa improbable porque hace 3 meses me revisaron y me alargaron la incapacidad hasta marzo del proximo año..
aun asi,deduzco que como los dos años los hace en diciembre yo podria solicitar la incorporacion en encontrarme bien.
La pregunta era..no tenian que haberme dado mi empresa "algo" cuando cese en ella por reconocerseme la incapacidad??
Desde un finiquito economico a un simple papel en el que pusiera... algo????
Gracias
Si te alargan la incapacidad hasta marzo esta claro que pierdes tu puesto,ya que dudo que la devision te la hagan antes de diciembre,ya que segun tu te la hicieron hace 3 meses con lo cual te la han alargado un añoo mas.Ves al inss para que te informe,a mi mi empresa no me finiquito me dio la parte proporcional de vacacions ect.un saludo
voy a hacer 24 meses de baja y estoy pendiente de la resolución del inss para una posible incapacidad si me dan una incapacidad pierdo mi puesto de trabajo?? si lo pierdo me deben pagar algo mi empresa??
Hola teyma,te hablo la experiencia que he pasado, a los 18 de estar de baja, la empresa no tiene obligación de cotizar por ti, y lo más seguro que tediece de baja en la seguridad social, entonces tu contrato pasa a estar paralizado hasta que el Inss decida si te dan una incapacidad, la empresa te tiene que dar el finiquito de las pagas extraordinarias que no hayas cobrado y las vacaciones no disfrutadas.
Y si tedan una incapacidad revisable, la empresa tiene la obligación de guardarte el puesto de trabajo durante 2 años.
Buenas noches, soy funcionario de carrera de ayuntamiento, tengo 56 años, me acaban de conceder invalidez permanente total derivada de accidente de trabajo para mi profesion habitual. en la resolucion se contempla que “podra ser revisable” por agravacion o mejoria a partir de noviembre de 2018. En el supuesto que en la citada revision se me deniegue la condicion de invalidez permanente total, ¿que ocurriria con mi condicion de funcionario de carrera? ¿perderia dicha condicion? ¿podria reincorpararme a mi puesto de funcionario?, muchas gracias y un saludo