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fin de contrato

20 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 20 comentarios
Fin de contrato
04/04/2010 12:03
hola,,,necesito q alguien me ayude.tengo una duda.a finales de mes de abril .se acaba mi contrato,y mis jefes piensan renovarmelo.pero yo no quiero seguir ,asi q pregunto si tengo derecho al paro por ser yo la que quiero q no se me renueve el contrato.?os agradeceria alguna ayuda.
04/04/2010 22:18
Hola dianis.

El rechazo de prorroga de contrato es considerado baja voluntaria, por lo que no tendrías derecho a prestación por desempleo.
05/04/2010 17:38
Mlag0053, me puedes explicar de donde te has sacado eso, porque si eso que dices es cierto, entonces tengo muchas dudas y lagunas. El contrato es acuerdo entre las partes, cualquiera de las dos puede NO DESEAR renovar el mismo a su vencimiento. Cumpliendo los plazos de preaviso por una parte o por la otra??? Si la persona tiene el tiempo suficiente cotizado para generar ese derecho, donde está el problema?
Yo, personalmente, por baja voluntaria entiendo que el trabajador cesa en su trabajo ANTES del vencimiento del contrato., no??? Me gustaría que me lo explicaras, si es posible.
05/04/2010 17:43
Mira el documento "Certificado de Empresa", en el mismo vienen reflejadas las posibles causas de la finalización de la relación. En concreto la nº 12, Fin de Contrato temporal a instancia del trabajador (rechazo prórroga), no da derecho a la prestación por desempleo.

Un saludo.
05/04/2010 18:08
Efectivamente es tal y como comenta Sabiondo.
No es lo mismo extinguir el contrato de trabajo por finalización del mismo ya que el empresario no quiere prorrogar, que el empresario ofrezca la prorroga de éste y el trabajador la rechace.

Esta situación será interpretada como baja voluntaria.

Aitana81, lo que tú comentas, que el empresario no prorrogue el contrato, se reflejará en el certificado de empresa como (Fin de contrato temporal a instancia del empresario). Código 11
05/04/2010 18:32
Me he quedado blanca. Pensaba que cumpliendo el plazo del contrato y tu no deseas renovar, tenías derecho a desempleo. Entonces que diferencia existe entre finalizar el contrato y baja voluntaria antes de ese plazo?
Entonces si te han despedido (sin cobrar, ni na´), te han contratado por tres meses en otra empresa (**) y quieres esperar al vencimiento sin deseo de renovar, más que nada porque todos queremos trabajar y cobrar, ahi me dices que haces??? ya, ya.. demandar.. jajaja¡¡¡ vale.. pero mientras sigues en la misma situación para acumular 4 meses, no??' o sino aguantar..jajaja¡¡ pues menudo panorama... La teoría me parece muy válida, pero en la práctica es más delicado. Entonces no queda otra que tragar?
05/04/2010 18:51
Puff. Has mezclado situaciones tan distintas en tan poco texto que no termino de enterder la mezcla.

Al margen de los impagos salariales que has comentado. No es lo mismo extinguir el contrato de trabajo por finalización del mismo ya que el empresario no quiere prorrogar, que el empresario ofrezca la prorroga de éste y el trabajador la rechace. Es tal y como te lo he puesto antes...No sé pero yo lo veo clarísimo.

Creo que saldrás de dudas al leerte los códigos del certificado de empresa
05/04/2010 19:05
Perdona por la mezcla de situaciones, pero era una realidad expuesta... en plan chapucero, lo siento.. Si, si claro está.. lo que no me parece muy correcto cuando te encuentras en una situación díficil, y más cuando he visto en mi empresa "jugar" con esos vencimientos al antojo del empresario ... cuando en realidad eran despidos... De todos modos lo consultare con el abogado que nos lleva los asuntos. Gracias por esta información.
05/04/2010 20:28
A ver si aporto un poco de luz.
La prestación por desempleo es para el que quiere trabajar y le despiden o no le prorrogan el contrato.
No es para el que tiene trabajo y lo deja voluntariamente ni tampoco para el que le ofrecen seguir trabajando y dice que no quiere.
O, por lo menos, debe de ser así. Lo contrario es un fraude.
06/04/2010 03:20
Buenas,
En el caso de que vivo en madrid y estoy trabajando con un contrato temporal que termina el 27 abril en una tienda en madrid pero no quiero seguir trabajando en esta empresa por motivos personales(Me he pasado a torrejon de ardoz y me gasto 1 hora y 45 minutos solo en ir y otros 1 h 45 min en volver o porque me quiero seguir trabajando sino que voy a estudiar) y resulta que no me conviene seguir trabajando alli. Aviso a la empresa como minimo 15 dias antes de fin de contrato. Entonces no tengo derecho a cobrar el paro y tendre que seguir trabajando alli hasta que me despidan,cierre la tienda o consiga otro curro y ademas no podre estudiar?
Estoy hecho un lio.

Gracias.
06/04/2010 09:24
Buenos días mosca cojonera, creo que la luz que aportas está fuera de lugar o por lo menos a mi me lo parece. Me hace gracia tu comentario de "lo contrario es fraude". Fraude es que el empresario no pague los salarios a sus trabajadores o les pague cuando le venga en gana y el trabajador dentro de la ley TIENE QUE ACATAR y RENOVAR ESE CONTRATO porque no está cubierto y seguir devengando salarios hasta poder reclamarle judicialmente que se le extinga ese contrato.. que te parece la exposición?. Tuve una duda, fue resuelta, he pedido disculpas por el chaparrón de información y a los que me han aportado información les he dado las gracias. Tu aportación, repito, fuera de lugar, ese comentario "picajoso" tal vez, o yo me lo he tomado así. Espero que alguien que se encuentre en la situación que yo comento entienda que le digan que "le ofrezcan seguir trabajando y no quiera"..jajajaja El contrato como acuerdo entre las partes DEBEN CUMPLIRLO AMBAS PARTES... jajajaja me rio yo del fraude.. Si quieres empiezo.. fraude es que te paguen en negro porque el empresario de turno no quiere cotizar por ti lo que correspone.. fraude es que no te den las vacaciones que marque el convenio... fraude es que te hagan contratos temporales cuando en realidad es un indefinido.. fraude es que estando de baja venga la gente a trabajar ... SI QUIERES SIGO CON LOS FRAUDES... JAJAJA..En este caso los fraudes son todos por parte del empresario... Como dije lo consultare con mi abogado y le doy las gracias a las personas que me han respondido.
No he querido molestarte con este mensaje, pero me ha sentado fatal tu comentario, será porque desde fuera las situaciones se ven de otra manera muy distinta, y como foro que es, estas en tu derecho de dar tu opinión, pues yo hago lo mismo y te doy la mia.
Gracias y saludos.
06/04/2010 09:48
El comentario de mosca cojonera no es picajoso, es la realidad. La prestación de desmpleo esta pensada como una ayuda al trabajador cuando por motivos ajenos a el se ha quedado sin trabajo.
Y lo contrario, según la ley, es un fraude.
Esa es la realidad legal, los casos particulares de cada uno son lo que son, casos particulares. Yo también te podría contar muchos del lado del trabajador y del empresario.
Y el caso de perico es bastante claro. El se traslada de piso y los demás tenemos que pagarle el traslado y además que pueda estudiar.
SALUDOS.
06/04/2010 10:33
Vegas, mi comentario iba para mosca cojonera y como en él queda expuesto es mi percepción ante su comentario, he puesto: " A MI ME LO PARECE". Simplemente era porque ya había quedado CLARO sin puntualizar, nada más.
También creo que ha quedado clara la explicación de porque me lo he podido tomar a mal y lo que yo expongo ES LA REALIDAD TAMBIEN... (TRABAJAR Y NO COBRAR) y tristemente más de lo habitual...
Y los casos no son de un lado o del otro, QUE YO SEPA SOLO HAY UN CAMINO, EL LEGAL QUE DEBEMOS CUMPLIR TODOS, NO??
Por eso me quede blanca con la explicación, nada más, desconocia esa información, que por desgracia se puede aplicar muy cerca de mi. Y no voy a opinar sobre el caso de perico porque no me encuentro en disposición de hacerlo.
06/04/2010 19:34
Claro que hay fraudes por parte de los empresarios. Y contra todos ellos, a armarse de valor y a denunciar. Para eso están los sindicatos que, a veces, ayudan bastante.
Entonces, como los demás roban ¿yo también robo?
07/04/2010 09:23
Buenos días Mosca Cojonera, tienes razón y contra los abusos ya estamos en ello, es la única manera, legalmente, o por lo menos es la única manera que yo veo correcta. Pero ante ellos hay que armarse de valor, paciencia y a veces sientes mucha impotencia. Y yo soy de la opinión que lo justo es justo para todos, lo dije en mi otro mensaje, solo hay un camino para todos. Y para nada justifico que como lo hacen los demás (fraudes), yo también, eso no tiene justificación ni legal ni moral. Si el empresario no cumple la ley, pues le denuncias, claro que si, pero los sentimientos de impotencia, desesperación te los comes con patatas... y después de mucho tiempo "igual" hasta se hace justicia y cobras lo que es "tuyo". La vida es así de dura y en los tiempos que corren muchos son los que se suben al carro de "aprovecharse" del más débil.
07/04/2010 20:16
Y otras veces, el que se supone que es más fuerte (el empresario) es un señor, o señora, que saca con su pequeño negocio poco más que lo justito para mantenerlo y poder vivir. Y en estos tiempos también los hay que se aprovechan de esto, con bajas fraudulentas, forzando despidos...
Por eso, entre otras cosas, están cerrando tantos pequeños negocios en esta dichosa crisis.
Bueno, Aitana91, parece que no estamos tan en desacuerdo.
08/04/2010 02:44
Buenas,

He estado hoy por CCOO y me han explicado que lo importante es que yo avise con 15 dias de antelacion al fin de contrato y no estoy obligado a seguir trabajando alli sino me compensa; solicitar el certificado de empresa que es un deber del empresario y ya puedo buscar otro curro,estudiar o ir al paro...
08/04/2010 08:01
Si, pericko11, claro que la empresa está obligada a darte el certificado de empresa...y también está obligada a poner la verdad de las causas por las que no sigues trabajando.

A partir de ahí, también es cierto que puedes trabajar en otro lugar, o estudiar, faltaría más, incluso ir al paro....y apuntarte, porque lo que es cobrar, si tu rechazas seguir trabajando y la empresa pone la verdad en el certificado de empresa, no vas a cobrar un céntimo, por mucho que hayas ido a CCOO.

Un saludo muy cordial.
08/04/2010 10:50
Pericko11, ¿de qué tipo de contrato se trata y qué duración tiene?

Lo primero es relevante a efectos de, a pesar de ser tú el que no queres renovar, te deban pagar la indemnizacion por fin de contrato que corresponde en ciertas modalidades de contratos de deutracion determinada.

Lo sengundo es relavante a efectos de la exigencia o no de preaviso de 15 días.

En cualquier caso, y como ya ha quedado dicho y de forma suficientemente clara (por mucho que le haya podido sorpender a alguien) si la empresa informa de la baja como fin de contrato temporal a instancia del trabajador, no tendrás derecho a la prestacion de desempleo.

Saludos
08/04/2010 13:28
Obligado a seguir no estás, igual que el Inem no está obligado a darte la prestación si la resolución del contrato ha sido a instancias tuyas.

SALUDOS.