hola ya estoy de nuevo por aqui con otro problema
resulta que el dia 27 de marzo tenemos que firmar el despido y cobrar un 5% del despido enteoria era hoy cuando teniamos que firmar
bueno mi problema es que el dia 25 marzo me voy a sevilla asta el 31 ya tengo hotel y todo pagado y no estare el dia 27 puedo tener problemas ?
puedo aplazarlo y firmar el 3 abril que es el primer lunes
que puedo hacer ?
puedo delegar en alguien de confianza ?
Estás de baja por ITCC. Sigues de baja ...
En la fecha efectiva de Despido pasas a pago directo con la Mutua y sigues de baja.
Cuando ya no hay Empresa, la Mutua te pagará la Baja el mismo importe que te correspondería del Paro (el importe es un poco más que el del Paro, porque la Mutua no cotiza, pero luego se regularizará).
El tiempo que estés de Baja con pago directo de la Mutua, consumirá tiempo de Paro ( por ser Contingencias Comunes ).
Cuando el médico te dé el Alta Laboral, es cuando puedes ir a solicitar la Prestación de Desempleo. Tienes 15 días hábiles (no cuentan los domingos y festivos, pero sí los sábados)
Cuando actives el Paro, el Inem o Sepe regularizará las cotizaciones del periodo que estuviste de Baja con pago directo con la Mutua. (Osea, ese periodo que la Mutua te dice que no cotizará por ti y que mejor cojas el Alta..... Es para presionarte).
Sobre tu pregunta :
"... pero que tendremos que pasar por el aro como se suele decir , puedo denunciar ?."
*Puedes demandar contra el despido. Pero si el despido es mediante Ere, es más complejo (El ere se demandaba mediante recurso de alzada, pero no sé si esto ya se ha simplificado ... lo tendría que ver).
SalU2
PD: mi única intención es contestar/clarificar las dudas a Tazma. Agradeceré que no se entienda esta respuesta como rectificación de las ya facilitadas.
hola, ines_lp lo entendido perfectamente la duda es me interesa seguir de baja por que cobrare mas que de paro yo creo que si
tengo 2 años de paro no gaste nada
saludos
Hola, a ver si te puedo ayudar con lo del tema de la baja.
Mientras estes de baja medica sera la mutua o el inss quiente pague. Una vez el medico te de el alta si tienes derecho a cobrar la prestacion por desempleo tendras que ir a solicitarla, en este caso el tiempo que estuviste de baja se te descontara del tiempo al que tuvieras derecho de prestacion( imagina que tienes derecho a 12 meses de paro y estas de baja 4,pues cuando vayas a cobrar la presatcion por desempleo te diran que te quedan 8 meses), salvo que la baja medica fuese por contingencias profesionales ( en ese caso no te descuentan nada) o como bien ya dijeron si en el momento en el que te dan el alta encuentras un trabajo y no solicitas la prestacion, entonces no se te descontara nada.
Antes de la reforma, en el caso de un despido IMPROCEDENTE la indemnización era de 45 días por años hasta un máximo de 42 mensualidades.
Después de la reforma (12 de febrero 2012), la indemnización por despido IMPROCEDENTE ha pasado a ser de 33 días por año hasta un máximo de 24 mensualidades.
En tu caso, dado que llevas 20 años en la empresa, el cálculo sería la suma de la indemnización de 45 días por año hasta el 12 de febrero 2012 y la indemnizaciòn de 33 días por año desde el 13 de febrero 2012.
Interpreto que se trata de un despido POR CAUSAS OBJETIVAS (ecónómicas, hay más tipos de despidos por causas objetivas, pero éste es el más habitual).
Por lo tanto, te corresponden 20 días por año hasta un máximo de 12 mensualidades.
Sólo en el caso de que denunciaras a la empresa y ésta NO pudiera justificar ante un juez la procedencia del despido (por ej, que no hubiera pérdidas económicas o MENOS ingresos), podrías optar a la indemnización por un despido IMPROCEDENTE (que he expuesto al principio del post).
En lo que se refier al tema de la baja, lamento no poder ayudarte.
perdona mi ignorancia pero a ver si entendido bien lo queme dices
el tema de los 20 por año es desde que salio la reforma laboral no?
osea que si la reforma salio el año pasado todo el resto de años tendrian que ser a 33 dias es lo que entiendo pero eso seria para despido improcedente no ?
que no es mi caso por que gracias al fantastico comite de empresa pactaron los 20 por año que yo y unos cuantos de la empresa no estan de acuerdo
pero que tendremos que pasar por el aro como se suele decir , puedo denunciar ?
en cuanto al tema de la baja entiendo que si sigo de baja cobrare de la mutua sin tener que darme de alta en el paro y que cuando me den el alta medica y active el paro se descontaran los meses que estuve en la mutua ?
saludos
Ten encuenta que la primera respuesta es para un despido improcedente.
Despido improcedente real decreto 3/2012
Las nuevas reglas sobre la indemnización por despido improcedente se aplican a los contratos celebrados a partir de la entrada en vigor del presente Real Decreto-ley. Para el caso de los contratos celebrados con anterioridad a dicha fecha, la indemnización se seguirá calculando de acuerdo con las reglas anteriormente vigentes, si bien tan sólo con respecto al tiempo de servicios prestados antes de la entrada en vigor de esta norma. Para el tiempo de servicios restante, se tendrán en cuenta la nueva cuantía de 33 días por año de servicio.
Lo mejor es que tú mismo leas ese decreto 3/2012
Saludos
Tazma, lo de los 20 dias por año trabajado es el tiempo desde la reforma, los años trabajado antes de la reforma no son a 20 DIAS por año.
segunda pregunta.-tampoco es asi.
Cuando te den el alta medica y vayas a pedir la PRESTACION por desempleo, seguirás cobrando igual que en la mutua los meses que queden, todos estos meses de baja si que serán cotizado, pero cuando pidas la PRESTACION por desempleo.
Asi que no te adelantes a nada, sigue de baja, eso si los meses que estés de baja, si es por contingencias comunes si se descuentan del paro.
Dices que si posibilidad de una Incapacidad, siempre hay posibilidad, pero hay que reunir los requisito, por tanto sigue de baja hasta la recuperación y si no te recuperas de momento pasaras por un tribunal, que serà el que decida tu posible Incapacidad.
Suerte amigo
hola gracias por la respuesta lo de la muñeca si fue por un accidente de trabajo pero aqui hay una historia muy larga entre mutua y yo que claro perdi yo el juicio y paso a enfermedad comun eso pasa por ser bueno con la empresa
pedire hora al INEM a ver si me aclaran algo
salu2
Lo primero, no tienes nada para rascar, son 20 dias por año y no hay nada más. Lo segundo, si lo de la muñeca es un problema laboral, la mutua debe pagar todo y no solo eso, segun tengo entendido deberán pagarte lo mismo que de baja cuando trabajabas hasta que se te cure. Eso en en INSS (instituto de la seguridad social) te sabrán decir mejor. Lo que ya no sé es si ese tiempo de baja luego descuenta a la hora de pedir el paro... Creo que ambas cosas son compatibles, pero no estoy segura. Para lo del paro vete al INEM y sabrán que decirte.
hola , haber si es posible que salga de dudas llevo 20 años en una empresa que ahora hay reduccion de plantilla y yo soy uno de ellos con 20 por año trabajado una injusticia , puedo denunciar para conseguir mas dias por año ? que opciones tengo
otra duda yo estoy de baja desde junio del 2012 por una operacion en la muñeca y ahora tienen que operarme otra vez por que no me quedo bien
estoy de baja por la seguridad social pero me paga la Muta Maz no se por que me parce que hay algun convenio con la empresa el caso es que cuando rescinda el contrato con la empresa pasaria a pago directo con la Mutua mientras este de baja pero me dicen que el paro corre y no cotizo que es mejor que coja el alta medica vaya cobrando el paro que si que cotiza
y cuando me operen otra vez coja la baja del paro eso es a si ? que es mejor ?
esta es la 3º operacion de mi muñeca y no queda bien me diagnosticaron un kienbock tengo 49 años hay alguna posibilidad de una incapacidad