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Fin de contrato temporal

5 Comentarios
 
15/04/2008 21:31
Hola Juliarigo, aprobecho que en el articulo que ha escrito aparece algo que me preocupa en mi trabajo le explico brevemente para ver si me puede ayudar a mi tambien por favor.

Estoy trabajando en una empresa de telefonia, mi contrato esde ayudante dependiente, a tiempo completo, de 3 meses, con quince dias de prueba. Llevo mes y medio trabajando mas o menos en el horario por el que acepte el trabajo (horario rotativo, una semana de mañana y otra de tarde) ahora bien, ayer me dijeron que habian tomado la decision entre los jefes de todas las tiendas, de que las personas que estamos en formacion (cosa que no aparece en mi contrato en ningun lado aunque si que estoy aprendiendo) vamos a pasar desde mañana mismo a tener un horario partido todos los dias. ¿esto es normal? ¿lo pueden hacer? no quiero irme del trabajo porque lo necesito porque soy estudiante, pero no quiero hacer estos horarios cuando yo acepte este trabajo precisamente porque no habia horarios partidos. Me han dicho que es temporal (hasta que ellos evaluen que estoy formada completamente,pero es que no me fio)
Ademas,no tengo mucha experiencia en trabajos por lo que creo que como mi contrato es de tres meses (pero me iban a renovar...) pues lo que realmente quieren es tener cubierta la tienda en los momentos de mayor afluencia de publico.

¿Que puedo hacer?

Muchisimas gracias y espero que me puedan ayudar
13/04/2008 17:05
Hola xuso:
El art.41 del ET establece:
La dirección de la empresa, cuando exisan probadas razones económicas, técnicas, organizativas o de producción podrá acordar modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo. Tendrán la consideración de modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo, entre otras, las que afecten a las siguientes materias:
a) Jornada de trabajo.
b) Horario.
c) Régimen de trabajo a turnos.
d) Sistema de remuneración.
e) Sistema de trabajo y rendimiento.
f) Funciones, cuando excean de los límites que para la movilidad funcional prevé esta Ley.
El art. 50 establece que serán causas justas para que el trabajador pueda solicitar la extinción -o en su caso no renovar- del contrato de trabajo cuando las modificaciones sustanciales redunden en perjuicio de su formación profesional o en menoscabo de su dignidad.
Salvo mejor criterio.
Reciba un saludo
13/04/2008 16:26
Gracias por tu respuesta juliarigo. Por supuesto que quiero trabajar y al igual que el resto de mis companeros estoy bastante quemado por que hacemos muchas horas extras que luego no cobramos y encima nos quieren reducir el sueldo.
Por favor me podrias explicar a que te refieres en "modificacion sustancial"
Un saludo!!
13/04/2008 14:39
Lo expuesto en el post anterior tendría una salvedad, que sería una modificación sustancial en las condiciones de trabajo.
13/04/2008 14:23
Si la empresa quiere renovar el contrato y usted no, no le corresponde paro.
No se ofenda, pero el paro es para los que quieren trabajar y no pueden; no para los que pueden y no quieren.
Reciba un saludo
Fin de contrato temporal
13/04/2008 12:21
Hola, trabajo como informático en una empresa de la construcción. El próximo 5 de mayo finaliza mi contrato temporal de 9 meses en la empresa. Lo que me preocupa es que nos han dicho que si me renuevan el contrato me lo harán cómo indefinido pero cobrando 300 euros menos de lo que estoy cobrando ahora, ya que la empresa atraviesa dificultades debido a la crisis en el sector de la construcción.

Mi pregunta es:
-Si decido cumplir mi contrato temporal pero no renovar a indefinido, tendré derecho a paro?

Muchas gracias de antemano.