Opino como el compañero. Además, lo pasado pasado está.
Cuando le comuniques la expiración del contrato, querrán renegociar, y ahí es donde tú podrás conseguir mejores condiciones.
Te aconsejo que antes de cerrar ningún nuevo trato, consultes a un abogado, para que todo se haga de la mejor manera para ti, con clausulas de revisión,de subida interanual, etc...
Yo considero que no procedía en ese momento la renegociación ni el traspaso.
Lo que ha de hacer ahora es la comunicación de finalización del contrato por expiración del plazo.
Quedo a su disposición,
Motta&L Abogados
Madrid
mottalara-abogados@mottalara-abogados.es
Muchas gracias Isd2.
Perdonad si no me expliqué claramente.
Si, yo soy el propietario y el arrendatario es el banco.
Que piensas, Isd2, del tema de que el contrato original era con Banesto y actualmente es Banco Santander. Tuvimos que renegociar, o aplicar el 20% a la renta?.
Gracias de nuevo
¿Es acaso usted el propietario de un local, y el arrendatario es el banco que ha puesto allí una oficina?
Si es así, yo le iba comunicando ya mismo que su contrato finaliza por disposición legal.... digamos que se lo comunicaría en septiembre-octubre. Y que si quieren seguir allí que habrá que renegociar el contrato y hacer uno nuevo, con otras cantidades y todo eso.....
Muchas gracias Motta y Lara.
No quiero decir que la fusión se equipare a un traspaso.
Mirando la LAU, entiendo que habla de subarriendo, cesión etc. y luego de Fusión de la sociedad arrendataria (se podrá aumentar un 20%), transformación de la sdad arrendataria (20%), Escisión de la sociedad arrendataria (20%). En el caso de la Absorción de Banesto por el Santander, no puede equipararse a un caso de estos? Y poder aplicarle a la renta un 20 % más.
gracias.
Se trata de un local comercial alquilado en el año 1970 a una entidad financiera. Según la Ley 1994 este año termina el contrato. Esta entidad financiera desapareció el año pasado (banesto) y en la actualidad se trata de otra entidad (Banco de Santander).
Me pueden ayudar e indicarme los pasos a seguir.
En su momento tuvimos que requerir a la nueva entidad la renovación del contrato?
En los casos de fusión, se aplica el 20% a la renta?
Cuando debemos dirigirnos al inquilino para comunicarles que finaliza el contrato?.
Agradecido de antemano.