Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

fin de contrato local antes de los 5 años

5 Comentarios
 
Fin de contrato local antes de los 5 años
12/11/2015 03:48
Hola: esta es una situación en la que aún no estoy pero calculo que puedo estar. Os detallo:
Tengo alquilado un local comercial desde junio de 2015. creo que es de 1 año renovable a 5 y mi duda es la siguiente:

Puede el propietario rescindir el contrato antes de los 5 años?
Si yo pago en termino y tengo todo en regla. Podría el decirme por ej en 6 meses o 2 años que me vaya?
En caso de que no, a que sanción o pena (he leido por ahi que es un tema penal) tendría que enfrentarse. O mejor dicho "qué poder tendría yo?"
Imaginaos que, con lo que cuesta levantar un local, el listo decide quedárselo en 2 años. (ha mencionado algo así un allegado suyo, por eso mi pregunta)
Encuentro de todo si es el inquilino el que quiere irse o si existe impago pero mi caso me estoy volviendo loco y no veo nada.
Gracias como siempre por este foro.
12/11/2015 09:03
Sería totalmente imprescindible leer el contrato para poder estar totalmente seguros, pero en principio, si el contrato es por 5 años, el propietario no puede resolver el contrato antes de ese plazo.
12/11/2015 14:29
Hola:
Gracias por la respuesta.
Por lo que entiendo el contrato no especifica nada en relación a esto. Mi pregunta iba más bien orientada a la respuesta que tengo para darle en caso de amenaza verbal. Es decir: a qué puede enfrentarse si intenta finalizar el contrato en unos meses por ej? (hemos hecho una gran obra y el local podría alquilarlo por más dinero.) O sea por qué no puede hacerlo? en que ley se establece esto? Porque lo que he podido encontrar es en relación a no renovar el contrato una vez finalizado (que implicaría indemnización si se cumplen ciertas condiciones) o a si existe impago. Pero no encontré nada donde se hable de este supuesto.

Gracias de nuevo.
12/11/2015 14:38
Claro, lo normal (o más bien lo frecuente) es que el contrato no especifique nada de eso, ni falta que hace, por eso no encuentra nada. Si el contrato dice simplemente que la duración es de 5 años, pues ya no hay nada más que decir, no hay por qué contemplar qué ocurre en caso de resolución anticipada. Si no pone nada al respecto es porque no se contempla esa posibilidad y ya está.
Si el propietario se pone pesado lo que debe responderle se encuentra en el art. 1091 del Código Civil, a cuyo tenor: "Las obligaciones que nacen de los contratos tienen fuerza de ley entre las partes contratantes, y deben cumplirse al tenor de los mismos."
Es así de sencillo.
12/11/2015 21:18
Gracias de nuevo.

Aclaro que me refería a que no encontré nada de este supuesto en internet, no en el contrato. Sí encontré casos en que el inquilino quería irse antes del fin de los 5 años por no ir bien el negocio por ej. O que el propietario quisiera echarlo por impagos (que aunque no esté en contrato es una de las opciones que la ley contempla (como otras según leí) Entiendo lo que me dice pero no olvidemos la cantidad de contratos que, digan lo que digan, son violados constantemente.

Gracias por su tiempo.
12/11/2015 23:06
Claro que son violados constantemente, pero para eso están los juzgados. En cualquier caso me reitero en que la respuesta a su pregunta está en el art. 1091 Cc.