Tengo un contrato como funcionario interino en un ayuntamiento, por incremento de tareas en el servicio, de seis meses de duración. Art. 10.1 EBEP
"Por un periodo máximo de seis meses"
Tengo dos dudas:
1.- ¿Están obligados a notificarme el fin del contrato...?
A día de hoy, 18 de agosto de 2015, aún no he recibido el aviso, y el último día de los seis meses es el 1 de septiembre; aunque hoy mismo me han llamado para que vaya a recogerlo a personal, estoy de vacaciones...
2.- Me consta que el ayuntamiento, junto con Santurban, de La Comunidad de Cantabria, va a contratar a más operarios, según un convenio que tienen entre ellos, para desempeñar las mismas labores que yo he desempeñado hasta la fecha, aunque ellos con la mitad de sueldo y sin ser interinos...
Hasta el día 14 ha habido cuatro empleados en condiciones similares procedentes del mismo convenio para los primeros meses del año.
Parece obvio que, si los contratan, no se puede alegar que mi contrato por acumulación pierda sentido...
En ctos con duración inferior al año de duración no es necesario notificar con esos 15 días de preaviso.
Respecto a la finalización del mismo, dice usted que resulta obvio que su puesto sigue siendo necesario pero la entidad externaliza el servicio así que esa plaza esta amortizada, en mi opinión no tiene usted nada que hacer.
SMO