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Fin de contrato de alquiler e impagos

1 Comentarios
 
Fin de contrato de alquiler e impagos
03/04/2018 09:14
Buenos días,

Ingreso este mensaje aquí con la esperanza de obtener asesoramiento. Decir que ya he contactado a un abogado por si fueran necesarios los servicios del mismo. Expongo la situación:

En julio de 2015 realizamos un contrato de alquiler a una familia. Dos adultos y su hijo de 10 años. Ambos aparecían en el contrato. Esa familia decidió romper su relación y en el piso quedaron la madre y el niño. Desde hace algunos meses, la mujer tiene (o eso nos dice), problemas personales y profesionales que le impiden pagar la renta. Le hemos enviado un burofax informándole que el día 10 de julio se acaba el contrato y que no tenemos intención de renovarlo.

No hemos pensado en la idea de comenzar el desalojo ya que confiamos en que liquidará sus deudas antes de abandonar el piso, pero tal y como se están desarrollando las cosas lo estamos meditando. Tengo varias preguntas:

1. Ella asegura haber recibido el burofax, pero no tenemos prueba de que sea así. Hasta qué punto le compromete el hecho de haberlo recibido y firmado? Puede decidir quedarse en el piso incluso habiendo firmado el burofax?

2. Supongamos que no procedemos al desalojo de la vivienda y esperamos al día 10 a ver qué pasa. Si decide no abandonar el piso, el procedimiento legal para desalojarla es el mismo? Mismos tiempos? Ya no estaría en calidad de inquilina sino de ocupa.

3. Hay alguna manera legal que podamos estar seguros que esta persona saldrá del piso cuando se le acabe el contrato? Debemos confiar en su palabra? Porque si la única garantía que tenemos es su palabra no nos quedará otra que lanzar la orden de desalojo ya y de esa manera asegurarnos que en julio todo el proceso habrá acabado.

4. Hasta qué punto debemos pedir responsabilidades a la otra parte contratante? El marido que ya no está en el piso pero que al igual que ella está acumulando deudas.

Gracias por sus respuestas.
03/04/2018 09:26
Pablo23
1.- ¿Seguro que lo que le ha enviado es un burofax? Se lo digo porque los burofaxes llevan siempre acuse de recibo y de ese modo ud. sabe si la inquilina lo ha recibido o no. Pero si lo ha recibido y firmado no le compromete a nada, simplemente ud. tiene prueba de que ella lo ha recibido, pero nada mas. Ella puede firmar el burofax y quedarse en el piso.
2.- Los tiempos serían los mismos, pero ella no estaría en calidad de ocupa, sino en calidad de arrendataria a la que se le ha finalizado el plazo. Jurídicamente no es lo mismo, si bien esto da igual desde el punto de vista “real”.
3.- No hay forma de estar seguros de que se va a marchar. Es más: lo más probable es que el 10 de julio siga allí. Otra cosa: ud. no puede “lanzar la orden de desalojo”. Eso tendrá que decirlo el Juzgado previa demanda.
4.- Para responder a esta pregunta no hay mas remedio que leer el contrato y saber si la pareja estaba casada o no.
DEJEME QUE LE DE UN CONSEJO: no espere hasta el 10 de julio con la esperanza de que la inquilina va a entrar en razón y se va a ir liquidando lo que deba ni nada por el estilo. Cuanto más tiempo pase pero se hará. Lo menos malo que puede hacer es interponer YA una demanda de desahucio por falta de pago, porque cuanto antes demanda antes resolverá el problema. No espere.