ola,tengo un piso alquilado el cual cumple ahora un año de alquiler y me quiero ir a vivir a el.segun la nueva ley del 23 de diciembre del 2009,que derechos tengo?puedo volver a mi piso sin tener que cumplir los 5 años de alquilero tengo que tenerlo alquilado los 5 años correspondientes.gracias
Para que usted pueda evitar la prórroga del arriendo, el contrato que firmó tendría que contener la llamada cláusula de necesidad para uso de vivienda permanente del arrendador.
Si no estuviera esa cláusula, el arrendador no puede evitar las prórrogas anuales del contrato, hasta su 5º cumpleaños.
El 24 de diciembre de 2009, simplemente entró en vigor la modificación del art. 9.3 de la LAU, por la cual, para los contratos celebrados desde entonces en adelante, la cláusula de necesidad del piso para uso propio, se amplía del arrendador a sus familiares de primer grado o excónyuge.
pero por otro lado el inquilino tiene que pagarme antes del dia 7 de cada mes y estamos a 11 y aun no lo ha echo.puedo desahuciarlo?.gracias por tu rspuesta amparo
Hola rufita. De momento lo que se ha producido es un RETRASO en el pago de la renta, por lo que le aconsejo que aún NO mande el burofax no piense en interponer una demanda de resolución de contrato por impago de rentas.