En un convenio regulador de mutuo acuerdo firmado hace cinco años se estableció que el domicilio familiar sería para el hijo menor de edad y el progenitor que ostente su custodia hasta que el hijo en común cumpla 20 años.
Con el paso de los años la situación del progenitor no custodio ha cambiado, tiene otra pareja e hijos pequeños
¿ven factible pedir modificación de medidas en el sentido de que el fin de la atribución de la vivienda familiar del hijo del primer matrimonio finalice a los 18 años en vez de a los 20? ¿se podría alegar que la situación ha cambiado y que ahora ese progenitor también debe procurar un hogar digno y en condiciones a sus nuevos hijos menores? o este hecho por si solo no es suficiente para pedir modificar el convenio?
Una cosa es el hijo y otra la exmujer. Se puede solicitar, en nuestro caso, ella tenía atribuida la vivienda a pesar de ser privativa de mi marido y teniendo custodia compartida. Cambiaron las circunstancias económicas y familiares. Se solicitó el abandono de ls vivienda de la ex mujer y la jueza le devolvió la vivienda a mi marido. Lo que no tengo claro es si usted pretende que ambos abandonen la vivienda, no creo que en ese caso un juez lo conceda puesto que estaría dejando a su hijo en la calle.
Pero en el caso que les expongo ni hay custodia compartida ni la vivienda es privativa. Además se trata de un hijo ya mayor de edad. No es dejarlo en la calle, considero yo, es liquidar la copropiedad del piso, que uno le venda su parte al otro o bien venderlo a un tercero. El hijo mayor de edad no se quedaría en la calle, seguiría viviendo con quien lo ha hecho siempre, con el progenitor custodio...
La vivienda se asigna a los hijos, es la vivienda familiar. Por lo que da a entender quiere que su ex mujer y su hijo abandonen la vivienda para irse usted con su nueva familia. Si plantea ésto en un juzgado no creo que le concedan la liquidación puesto que con 18 años no creo que sea independiente económicamente o que probablemente haya dejado de estudiar. Si en su sentencia no indica que a los 18 años de su hijo, se extingue el uso de la vivienda y usted está pasando una manutención, probablemente en el caso de que le concedieran a usted la vivienda pudiendo hacer la liquidación, aumentaría la pensión que debe de pasarle a su hijo.
Estoy de acuerdo con olímpica, debe procurar un hogar digno a todos sus hijos, si el juez le concede lo que usted pide que no creo, la pensión aumentará.
Gracias por vuestros comentarios, la pregunta era si veían viable pedir fin de atribución de vivienda al alcanzar la mayoría de edad (y no a los 20 como se pactó añs atrás), sólo eso. Si la consecuencia es aumentar la pensión de alimentos, lo veo lógico y justo.