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fin arrendamiento a la vista

3 Comentarios
 
fin arrendamiento a la vista
21/10/2008 22:37
hola a todos, tengo un contrato de arrendamiento de 5 años que expira a finales de febrero del proximo año, este a su vez es una prorroga de otro anterior. el propietario del piso lo ha recibido en herencia recientemente y temo que no me lo renueve. no se ha puesto en contacto conmigo. ¿tengo derecho a continuar con el contrato una vez finalizado este?¿seguíría el contrato en las mismas condiciones económicas? un saludo y gracias por todo.
perfil Jan
22/10/2008 19:31
Hola carlet10. Por favor,responda a las siguientes preguntas:

1) ¿Se trata de un contrato de arrendamiento de VIVIENDA o de LOCAL DE NEGOCIO?.

2) Fecha de celebración del contrato y DURACIÓN inicialmente pactada.

3) Fecha en la que se produjo la PRÓRROGA del contrato.

Reciba un cordial saludo.
23/10/2008 14:14
hola jan, se trata de un contrato de arrendamiento de vivienda firmado el 5 de marzo de 2004, con una duración de 5 años, el contrato es privativo y en el primer punto se me indica:"al termino de la vigiencia del arrendamiento el arrendatario deberá dejar libre el piso....y a disposicíón de la arrendadora".
-si no se me indica nada al respecto, ¿debo de suponer que se extingue el contrato a fecha de fin? ¿puede la alquilante revisar las condiciones del contrato a su finalizacion?
perfil Jan
24/10/2008 11:19
Hola carlet 10. Para responder a su consulta sería necesario examinar el contrato para ver si en el mismo se renunció al art 10 LAU 1994.

Por otro lado la cláusula "al termino de la vigiencia del arrendamiento el arrendatario deberá dejar libre el piso....y a disposicíón de la arrendadora" NO exime a la parte arrendadorra de comunicar FEHACIENTEMENTE a la parte arrendataria su VOLUNTAD DE NO RENOVAR el contrato. Por lo tanto, si en el contrato NO se renunció al art 10 y la parte arrendadora NO le comunica a usted su voluntad de NO prorrogar el contrato con al menos 30 días de antelación a la fecha de extinción del contrato(5 Marzo de 2009), entrará en juego el art 10(prórrogas de 1 año de duración con un máximo de 3 años POTESTATIVAS para el Arrendatario y OBLIGATORORIAS para el arrendador.

Reciba un cordial saludo.