Hola tengo una duda, en un procedimiento via penal en el que al tribunal se les imputa prevaricacion y revelación de secretos por la filtración de los exámenes a unos 30 opositores. Si se confirma mediante sentencia firme que hubo dicha filtración, se retrotraeria el procedimiento hasta donde se comete el vicio?
amigos lo intento explicar mejor, haber como lo veis.
Se tratan de unas oposiciones a policia local del ayuntamiento de Sevilla, para cubrir 103 plazas en propiedad, resulta que el tribunal es imputado como presuntos autores de, los delitos de revelacion de secretos, trafico de influencias, cochecho y prevaricacion, por presuntamente filtrar el examen a mas de una treintena de personas.
¿ si se demuestra que se produjo esa filtracion de examenes, el procedimiento se vuelve a repetir o simplemente a las personas que se les facilito el examen, se declaria invalido su nombramiento como policias locales?
Ante todo NoaElies, muchas gracias por molestarte en darme una respuesta porque estoy algo confuso respecto al tema.
Entonces si el procedimiento que es via penal, por los delitos citados anteriormente, entre ellos uno de revelacion de secretos, se llega a dictar sentencia firme que condene al tribunal,
¿ se declararian nulas las 103 plazas? o solo las de las treintena de personas a las que se les filtro el examen?
Ojo, yo entiendo que si la sentencia no dice nada expresamente sobre la anulacion de las plazas, la Administracion no tiene porque declararlas nulas.
Si lo contiene expresamente, sí. Mediante un procedimiento administrativo.
Imaginate que la sentencia no dice nada, pero a ti te interesa que se anulen las plazas. Lo que puedes es instar tu el proceso, y dado el contenido de la sentencia, pides tu que se declaren nulas. Toda la convocatoria y a todos los candidatos que obtuvieron plaza. Acaso podrías asegurar que alguno que obtuvo el examen no se lo facilitó a otro??. de anularlas, es totalmente.
Si la administración no considera que deban anularse, y no decir nada expresamente la sentencia penal, deberás presentar un recurso contencioso administrativo, para que el asunto te lo mire un juez. y éste decidirá. este último tramo, ya tiene costes porque es un procedimiento judicial, mientras que lo anterior era un procedimiento administrativo y no necesitas abogado.
saludos