Miguel y Nacho tenían tienen dos hijos cada uno, pues dos personas del mismo sexo no pueden compartir material genético, debiendo ser 100% de un padre y 100% de una madre y solo de uno y otra. Cuando estos niños nacieron no existía un matrimonio entre ambos progenitores, pues se presume que los hijos habidos dentro del matrimonio comparten filiación; lo cual es una mera ficción jurídica, pero suficiente como para haber inscrito a los cuatro hijos con dos padres. Como no lo hicieron, Nacho demandó a Miguel tras su ruptura sentimental para que se aviniese a reconocer la paternidad de los dos hijos del propio Nacho. Pero al ser biológica y jurídicamente imposible (pues solo podría haber existido la demanda en el seno del matrimonio) la jueza descartó la posibilidad de esa filiación, demandada en contra de la voluntad de Miguel, al cual no se puede obligar a aceptar una paternidad que ni está justificada por la biología ni puede exigirse por el derecho.
Se me plantea una cuestión sobre la filiación; en el caso Nacho Palau y Miguel Bosé, siendo que estos tienen 4 hijos en común pero 2 gestados con material genético de cada uno, 2 de Miguel y 2 de Nacho, en caso de que Nacho (por ejemplo) quisiese determinar la filiación de los 2 hijos gestados con el material genético de Miguel tendría posibilidades de reclamar la filiación y que se la concediesen ¿en que artículos se apoyarían para lograrlo?, lo veo algo realmente complicado. Gracias, leo sus opiniones.