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fianza

2 Comentarios
 
Fianza
08/10/2009 17:26
Hola tengo la siguiente duda,

Supongamos que mis inquilinos dejan el piso el día 31 de octubre. Cuando debo darles la fianza?. Por que antes de darles en dinero tengo que revisar el inventario de tal y como les entregue el piso, mirar puertas, paredes etc... Para esto necesito una mañana entonces el mismo día que me entregan las llaves no puedo darles la fianza no?. Alguién sabe de cuantos días disponemos los propietarios en devolver dicho dinero?.

Gracias,

Saludos.
08/10/2009 18:05
La ley concede 30 días para devolver la fianza.
Pero eso no quiere decir que haya 30 días para revisar la vivienda. Coincide que 30 días son los que suele tardar la Administración en devolver la fianza allí ingresada.

En buena lógica, la vivienda debe revisarse EN PRESENCIA del inquilino. Y si echas una mañana, pues qué se le va a hacer. De otro modo, algún casero desaprensivo, (que los hay) podría haber roto algo e intentar repercutirlo al inquilino.
Tras revisar el piso, debe hacerse un documento de fin de contrato y devolución de llaves en el que, de haber desperfectos, se detallarán y se firmarán por las partes.
El casero, tras reparar ESOS desperfectos, deberá liquidar la fianza, y presentar facturas que justifiquen las reparaciones. Todo eso en menos de 30 días si no quiere pagar intereses.
08/10/2009 18:15
Muchas gracias Amparo, me ha quedado claro.

Saludos,