Hola sotosvi. La respuesta a su pregunta dependerá de la causa del deshaucio. No es lo mismo instar la resolución del contrato alegando que la parte arrendataria NO abonó la misma, que instar la resolución porque el arrendatario NO prestó el aval al que se había obligado en el contrato.
Se trata de dejarlo reflejado en un contrato nuevo.
Se que la fianza es para posibles desperfectos, pero en cuanto al aval, en éste caso en metálico, no tengo muy claro la diferencia que existe entre una cosa y otra.