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Fianza en contrato de alquiler

1 Comentarios
 
25/02/2017 10:49
macato136
1.- La anulación del primer contrato va tácitamente comprendida en la celebración del segundo. Por eso no tiene que preocuparse.
2.- No haber depositado la fianza no es legal, pero tampoco le da derecho a nada. Mejor que se olvide este tema.
3.- Ni el arrendatario ni el casero tienen obligación de suscribir ningún tipo de seguro, si bien es cierto que es muy conveniente y aconsejable.
Fianza en contrato de alquiler
24/02/2017 18:02
Soy arrendataria de un contrato de alquiler de un local comercial. El día de su firma junto a este contrato también se firmó la entrega de la fianza correspondiente a dos meses, A los 6 meses de haberlo firmado, por fallecimiento de una de las personas que aparece como arrendadoras, se firma un segundo contrato ( que yo recuerde no se firma la nulidad del primero, cosa que no caí en aquel instante debido a mis desconocimiento en estos temas). Hace dos meses decidí comunicar por escrito a mi arrendador que tenia que firmar la rescisión del contrato. Hace unos días , solicite a este señor una serie de documentación entre ellas el depósito de la fianza y cual es mi sorpresa que la fianza se depositó a la firma del segundo contrato, por lo cual este señor ha dispuesto de durante 6 meses de mi dinero. No sé ( por desconocimiento), si quizás, en la primera tambien se ha hecho y al haber habido un segundo contrato en la administración depositaria han cambiado la fecha para hacerla corresponder con el segundo contrato. O por lo contrario mi casero ha cometido una infracción y en su caso que consecuencias puede tener.

Del mismo modo, también me gustaría saber y puesto que yo tengo un seguro, tal y como me obligaba mi contrato, este señor, tenía obligación de haber tenido su correspondiente seguro para proteger el continente del local.

Muchas gracias.