Si existe una escritura de préstamo hipotecario entonces no hay nada más sencillo que recurrir al Notario que la protocolizó o al Banco prestamista para pedir aclaración de si ese 15% de capital ya amortizado extingue la obligación de fianza solidaria. Si ustedes son legos en Derecho, un abogado puede hacer estas gestiones a un coste bajo, incluso una gestoría jurídica podría representarles y aclararles todas las dudas. Las cláusulas de difícil interpretación siempre se determinan a favor del deudor (principio "favor debitoris") y actualmente existe una amplia y nueva legislación que protege a los deudores hipotecarios o de créditos inmobiliarios en cumplimiento de la adaptación de la normativa europea al respecto y con el fin de evitar una nueva crisis financiera y económica que afectó a entidades y particulares y que vivimos a partir del año 2008 como segunda oleada de una mala política de créditos hipotecarios comercializados en mercados financieros que se extendió por Estados Unidos y que devino en un gran "crack" de compañías de todo tipo, extendiéndose sus efectos a España y siendo el origen de nuestra crisis económica, como todos hemos vivido en la popularmente llamada "burbuja inmobiliaria". Su asunto debe ser estudiado por un profesional que analice toda la documentación que posea al respecto y que le asesore sobre los pasos a seguir para la interpretación o, en su caso, aclaración de esa cláusula oscura de la hipoteca.
Hola yancam. Ya veo que hace mucho tiempo que has posteado este tema, sin embargo me interesa el tema pues tengo una cláusula casi idéntica, y me gustaría saber cual ha sido el desenlace.
Sinceramente, no termino de entender bien la cláusula, pero pienso que la interpretación que haces es incorrecta. Si dejas de pagar incurrirás en morosidad y, en ese caso, los fiadores responden hasta la cantidad a la que se han obligado (que entiendo es del 100% del principal).
Tengo un contrato hipotecario en el que mis tios estan como fiadores solidarios, segun el contrato indica: "el afianzamiento solidario equivale al 100% del capital extinguiendose en el momento q supere el 15Þl capital prestado, en consecuencia, en ningun caso el afianzamiento se extinguira si el prestamo entra en morosidad, continuando los fiadores respondiendo de forma solidaria hasta la cantidad a la q se han obligado".
Pregunto: si al llegar 15% del capital mis fiadores quedan libres de cualquier obligacion, podria yo dejar de pagar sin ninguna consecuencia para ellos???Gracias