A mi me pasa lo mismo pero con los festivos de convenio.Tengo el centro de trabajo en Lugo pero el Convenio que me aplica es el de Ingeniería y Oficinas de estudios técnicos de Madrid. La contrata principal desde el principio decidió acogerse al calendario de la construcción de Lugo, que es el sector que nos toca, y yo no sé si me pertenecen también esos días.
Los festivos locales serán los que correspondan al lugar donde está el centro de trabajo. Se dispone de dos festivos locales anuales (por Ley), con lo cual, si uno dice de disfrutar del festivo de su localidad de residencia, como se está comentando aquí, nos encontramos que pude darse el caso de disfrutar de los dos festivos locales de su localidad de residencia y cuando toquen los festivos de la localidad donde se encuentra el centro que trabajo, ¿qué hacemos si, como es lógico, el centro de trabajo cierra por festivo?
Tratamiento diferente, a nivel de organización particular de la empresa, y previo acuerdo con los trabajadores, cuando estos prestan servicios en diferentes lugares a lo largo del año, como puede ocurrir con las obras. Particularmente, nosotros damos la opción de coger los festivos locales de las localidades donde se encuentren, con un máximo de 2, si ellos están de acuerdo. Si no lo están (normalmente les parece perfecto), disfrutan de los festivos de la localidad del centro de trabajo principal (talleres y oficinas), y si cierra la obra en la que se encuentran por festivo local, se les destina ese día a otro tajo.
Un saludo y también os deseo un buen fin de semana.
Mosca yo pensaba como tu por eso decia lo de la productividad pero bueno el otro razonamiento la verdad me hizo dudar.
A ver esos expertos dd estan, que quiero salir de dudas antes de irme de finde jajajajja.
Supongo que habrá que estar al cómputo de horas anual, para que uno no disfrute de 15 festivos y otro de ninguno, si se están moviendo por distintas localidades.
Como dice Inés, a ver si alguien nos saca de dudas.
¿Lógico? no sé. Dependerá de a qué se dedique la empresa. Voy a poner un ejemplo. Imaginemos una guardería que tiene la sede social en la capital de provincia y varias guarderías en pueblos. Si es fiesta en la capital ¿los niños se quedan sin clase porque los educadores están disfrutando del festivo? Y si es fiesta en el pueblo ¿la guardería se abre, porque los empleados no tienen fiesta?.
Yo veo más lógico lo otro, pero habrá que estar a lo que diga la ley, que lo desconozco.
Pues mirandolo asi tienes razon no seria muy logico, pq es verdad que pudiera ser que no disfrutaras ninguno( q seria el peor caso si disfrutaras 15 pues mejor para ti jajajaj) . Yo de cia que veia mas logico que hicieses los del centro de trabajo por cuestiones productivas.
En fin que ni idea, a ver si alguien nos saca de dudas.
Hola, quisiera formular una pregunta a ver si alguien puede contestarme.
Trabajo en una empresa de Valencia capital, pero mi lugar de trabajo está en otra ciudad. Tengo un contrato de obra y servicio determinado.
Mi duda es la siguiente, el día 5 de abril es festivo local en Valencia, por lo que entiendo que yo tendré fiesta aunque en la ciudad en la que trabajo no sea festivo... ¿es eso correcto?