Ahora que se acerca el mes de diciembre y que en el comercio hay tantos dias festivos con apertura me surge la duda de saber como se han de abonar estos dias en los que los colaboradores trabajan.
No se si se han de compensar con dias libres o bien abonar a un precio hora diferente.
En el sector en el que trabajo, el del comercio, no existe, por convenio, ningun articulo que diga que el festivo trabajado se haya de abonar, sino compensar mediante dia libre. Pero trabajo con 17 convenios diferentes al no tener ninguno propio de empresa y no conozco si existe alguna ley que hable sobre este tema.
Agradecería que me dijeran si existe legislacion al respecto y que debemos hacer ante esta situacion.