Si en las condiciones del banco dice eso, la operación se ejecuta el 31.
Pero, si no recuerdo mal, pues hace mucho que no opero con fondos, se tarda 1 o 2 días desde la orden hasta la ejecución.
En cualquier caso, la fecha real en la que debe declararse la operación es en la que se ha ejecutado, con independencia de que la orden se haya dado un dïa antes, o una semana o un mes. Fecha fiscal igual a fecha ejecución.
Gracias Pepe,
Entonces mirando la pagina de mi banco me surge la duda de cuando aparece esto:
Hora límite reembolso mismo día:
14:00
y
Dias de desplazamiento D0
¿No significa que se realice en el mismo dia si se lanza la orden antes de las 14h?
Y siguiente duda si a nivel fiscal no vale la voluntad del individuo tributario que hace por su parte la accion de vender en el ejercicio 2018 y ya no es culpa suya lo que se tarde en el tramite que sea (vender un fondo, comprar casa,...)
"Si vendes un fondo de inversion el dia 31-dic (das la orden antes de las 14h a la gestora)."
Es un planteamiento de la cuestión erróneo, ya que es imposible vender el 31 dando la orden ese día.
La venta será el 2 de enero (incluso dudo si es el 3, con el valor de cierre del 2), fecha fiscal y real, no hay distinción. Vamos, que la venta es el 2019.
Hola,
Nos surge la siguiente duda. Si vendes un fondo de inversion el dia 31-dic (das la orden antes de las 14h a la gestora) a nivel fiscal que dia efectivo se coge hacienda como dia de venta?
Lo comento porque la venta real luego en el mercado se produce algun dia despues.
Gracias.