Hola me gustaría plantear la siguiente cuestión:
Un familiar (lejano) falleció en febrero de 2013. Presentamos a liquidar el impuesto de sucesiones en mayo de 2015. Desde esa fecha no hemos tenido noticias de la Administración hasta ahora. A fecha de febrero de 2019, nos envía Hacienda una carta indicando la caducidad y abriendo un nuevo procedimiento donde nos remite las propuestas de liquidación de dicha herencia. Mi pregunta es la siguiente:
Este procedimiento no tendría que estar ya prescrito a los 4 años y medio del fallecimiento?? Desde cuándo computan los plazos, desde el fallecimiento del causante o desde que presentamos a liquidar el impuesto de manera extemporánea?
Agradezco de antemano la ayuda!!!