En un Ayuntamiento, se lleva a aprobación de la Junta de Gobierno Local, una modificación de las retribuciones de determinados puestos de la RPT.
Con fecha posterior a esa aprobación, toman posesión de puesto de trabajo determinados funcionarios, algunos de dichas plazas que se modificaron las retribuciones. O sea la modificación de las retribuciones, es anterior a la toma de posesión.
Pero ahora, el Interventor del Ayuntamiento, cuestiona el tema ya que el acuerdo de modificación de retribuciones, aprobado en la Junta de Gobierno Local, fue publicado en el BOP 5 meses despues de su aprobación y con fecha posterior a la toma de posesión.
¿Afecta la publicación en el BOP, a la entrada en vigor de dichas retribuciones?.
¿Puede tenerse sin publicar 5 meses los acuerdos de la Junta de Gobierno Local, perjudicando a unos funcionarios?.
¿Existe la posibilidad de pedir responsabilidades al responsable de llevar el acuerdo a publicación?.