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fecha de efectos incapacidad absoluta

5 Comentarios
 
Fecha de efectos incapacidad absoluta
09/07/2013 18:51
Hola, tenemos una duda con unas fechas, espero que me podais aclarar cosas.

A mi familiar se le otorgo una invalidez absoluta en contingencia accidentes de trabajo,trabajaba en sector metalurgico(tuvo lugar en 2007). el 25/02/2013, salio la sentencia, con fecha de efectos el 26/01/12. Incapacidad que debe abonar la mutua.

Mi familiar paso por el EVI el 24/1/2012, estaba cotizando en el restaurante de un familiar suyo, se le dio de baja del restaurante el 9/03/2012. Tras la sentencia, la direccion provincial del INSS remitio una carta en la que daba por incompatibles las labores realizadas de entre el 26/01/2012(fecha de efectos de la sentencia) y el 9/03/2012(baja definitiva del restaurante)

Hemos recurrido la cuantia por tratarse de accidente de trabajo, es decir, pediendo la base reguladora del dia del accidente.

Mi pregunta es:

¿Puede ser un obstaculo esta incompatibilidad de entre el 26/01/2012 y el 9/03/2012 en el recurso sobre la cuantia de la pension?

Un saludo
velits
09/07/2013 18:57
vamos que el hecho de estar en alta cuando fue al EVI si puede ser un problema?
09/07/2013 20:57
necesito respuestas, me seria de ayuda.

Gracias

Un saludo.
09/07/2013 21:45
Si has estado de juicios y con abogados, lo mas normal es que sean ellos los que te respondan las dudas, primero po la mismaorque son los profesionales y segundo por que les pagas a ellos.
Creo que hace unas semanas ya te se respondio la pregunta?? ahora no estoy seguro.
Pero ya te digo que pedir una absoluta al EVI , estando de alta trabajando hasta la fecha,....... el EVI lo mira todo.
09/07/2013 23:10
tienes razón buffy pero siempre viene bien tener una segunda opinión,ademas siempre surgen nuevas dudas, se que soy muy pesado.
09/07/2013 23:25
Buenas noches, buffy.

La verdad es que se opinó (entre otros tú, ainoa y yo), pero no se le dió una respuesta concreta porque había discrepancia de criterios (52 posts - el hilo está 2 páginas atrás).

Hay una sentencia en el anterior hilo a favor de la incapacidad permanente absoluta. El problema es si, para el cálculo de la cuantía se considera el salario que cobraba cuando tuvo el accidente laboral o el que cobraba en el trabajo que tuvo con posterioridad.
En mi opinión, tendría que ser el salario que cobraba en el momento que tuvo el accidente laboral.

velits.

No sé por qué me parece que nadie va a poder aclarar tu duda. Espero equivocarme.
Si no te importa, cuando tengas la sentencia del recurso, me gustaría que me indicaras cómo ha terminado todo.

De todas formas, sigues sin haber citado el texto del recurso que presentó tu abogado.
Pienso que será importante a la hora de que el tribunal tome la decisión.

Un saludo.