Hola muy buenas tengo una duda respecto a las rentas del capital inmobiliario que me gustaria aclarar y es la siguiente:
En el caso de que un contrato se formaliza en una fecha, supongamos el 13 de mayo y se perciba la primera mensualidad correspondiente al mes de julio, dejando ese periodo de carencia para que el inquilino haga reformas en el local, que fecha se debe tener en cuenta a la hora de calcular los gastos deducibles?, y en el caso de imputación de rentas? hasta que fecha se computa?, muchas gracias.
Gracias por la respuesta, yo creo que tambien se deberia de elegir la fecha de alquiler pero quizas mas bien para la imputacion de rentas y la fecha de percepcion para la deduccion de gastos pero vamos que no lo se, a ver si nos lo corroboran definitivamente.