Buenas noches, a ver si alguien me puede resolver la siguiente duda respecto a los gastos extraordinarios.
Una vez que mi ex me comunica un gasto,¿ en que momento debo abonar dicho gasto? ¿ del 1 al 5 de cada mes como la pensión de alimentos? Si alguien me puede orientar se lo agradecería. Saludos
Bueno, si lo paga tu ex, en cuanto te presente la factura...
Si lo pagáis por una cuenta a medias para ese fin, pues ponlo en cuanto veas que pasan el cargo...
Al menos así lo hago yo y no he tenido problemas nunca.