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Fe de vida

9 Comentarios
 
Fe de vida
25/08/2012 20:57
Buenos días,

Agradecería me faciliten la normativa española que regula la expedición de la Fe de Vida.

El problema que tengo es que soy Italiana, residente en España y en el registro civil no quieren expedirme la Fé de Vida porque no soy española.

Gracias por la ayuda

Bárbara Presti
27/08/2012 08:42
¿como te va a certificar el registro algo si no está inscrito en él?
Si tu nacimiento no está incrito no te certifican nada, en tu caso o a Italia o a la oficina consular en que estés inscrita.
27/08/2012 09:39
En desacuerdo con Satanete.
Nada tiene que ver la "fe de vida" (certificación de que una persona está viva) con las inscripciones obrantes en un Registro Civil.
El Reglamento del Registro Civil establece que "la vida se acredita por la correspondiente fe del Encargado. (del Registro)". "La vida se acredita también por comparecencia del sujeto (ante el Encargado del Registro) o por acta notarial de presencia (ante un Notario)". "Para la fe de vida, basta la identificación del sujeto".
La normativa no dice nada sobre la nacionalidad o situación del solicitante, por lo que, como la Ley no lo prohibe, no existe impedimento alguno para que a una Italiana se le entregue el correspondiente Certificado de Fe de Vida, incluso el plurilingüe. Eso sí, como la competencia para su expedición corresponde al Registro Civil de la localidad donde esté domiciliado el solicitante, es necesario que aquél esté empadronado en dicha localidad.



27/08/2012 11:28
Hola,

Gracias por la información. Yo estoy empadronada en Alicante y supongo que el código civil es el mismo en todo españa.

Por favor necesito una ley o normativa con la que pueda ir al registro civil y exigir la Fe de vida. SI una ley que avala mi argumento no obtendré lo que necesito.

Muchísimas gracias
Bárbara Presti
27/08/2012 14:39
En el Reglamento del Registro Civil actual, se indica lo dicho sobre Fe de vida. Acude al Registro Civil, solicita "Fe de vida" y si te la niegan que te lo indiquen por escrito, fundamentando los motivos de la negativa, para actuar en consecuencia. No obstante tanto España como Italia son países firmantes del "CONVENIO RELATIVO A LA EXPEDICION DE CERTIFICADOS DE VIDA ADOPTADO POR LA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ESTRASBURGO EL 26 DE MARZO DE 1998", en el que, en su art. 1 se establece que 1. Los Estados Contratantes se comprometen a expedir un certificado de vida cuando la existencia de una persona deba
probarse en un Estado Contratante distinto de aquel en que resida dicha persona. 2. El certificado será expedido por la autoridad competente del Estado de residencia del solicitante, cualquiera que sea su nacionalidad.
27/08/2012 15:22
Gracias Tripoli,

Con lo que me gusta pelear.... mañana me voy al registro civil a reclamar.

Una duda más, la fe de vida me la darán como italiana, no como Argentina (olvidé decir que tengo doble nacionalidad). Mi pregunta es ¿puedo solicitar/exigir que conste mi doble nacionalidad en la fe de vida?

Leyendo el código civil vi los artículos 363 y 364 del reglamento del registro civil y el artículo 97 de la ley del registro civil.

El documento lo necesito para presentar en la seguridad social de argentina para poder seguir cobrando la jubilación.
28/08/2012 10:38
Argentina no está adherida al convenio indicado en precedentes post. Por ello, es de aplicación el Reglamento del Registro Civil español; dicha normativa no dice nada sobre la nacionalidad o situación del solicitante, por lo que, como la Ley no lo prohibe, no existe impedimento alguno para que a una argentina se le entregue el correspondiente Certificado de Fe de Vida, que, para que surta efectos en Argentina, deberá estar legalizado, de conformidad con la legislación de dicho país.
No obstante, me queda la duda, de que lo que necesitas en sólo Fe de vida o Fe de vida y estado, que es diferente.
28/08/2012 10:42
Si al estado te refieres a soltería/viodez no hace falta.

Sólo debo demostrar que sigo viva para poder seguir cobrando la jubilación.
04/08/2014 07:47
Necesito un certificado de supervivencia para presentarlo al consulado argentino de barcelona, y que el consulado me haga la fe de vida para presentarlo al bco de argentina para su jubilacion de ahi , donde tengo que dirigirme vivo en valencia.
04/08/2014 15:38
Hola Susana,

Yo vivo en Alicante y mi madre argentina también ha realizado el trámite para cobrar la jubilación en el extranjero. En nuestro caso como somos de nacionalidad italiana, el registro civil de Alicante no quiere hacernos la fe de vida por lo que la opción B es la siguiente:

Primero debes pedir al médico de cabecera que te haga un informe de salud, ese informe lo legalizas en el colegio de médicos (unos 18e) y una vez legalizado lo envías al consulado argentino en Barcelona para que te haga la fe de vida y te la envíe nuevamente a tu casa.

Yo llevo haciéndole el trámite a mi madre desde hace ya dos años y funciona perfectamente. Igual puedes llamar al consulado Argentino para que te lo confirmen.

suerte