Hasta hace poco tiempo trabajaba en una empresa donde al encargado lo intentaron imputar por falsificar la contabilidad.
En el supuesto de que se mandara un fax anonimo al juzgado aportando una prueba de un procedimiento que esta archivado por falta de estas pruebas ¿que posibilidades hay de que prospere? y donde seria mejor mandarlo a la policia que lo investigó o al juzgado de guardia.
Bajo mi punto de vista, debe dirigirse a la Unidad que efectuó la investigación, por propia dinámica. Si lo remite al Juzgado lo más lógico, es que éste le de cuenta posteriormente a esa Unidad, con lo que está perdiendo tiempo.-
Los procesos inquisitoriales pasaron a mejor vida, sobre el papel, como dice bien jmp. Pero hay juzgados de instrucción y no digamos grupos policiales, al margen de los típicos periodistas de "investigación" y demás calaña afín que pueden otorgar mayor credibilidad a un papelucho malfotocopiado y mutilado que a una pericial en la fase de plenario. Yo he tenido algún proceso iniciado de esta forma que a punto estuvo de costarle la libertad a un inocente. Es más, a muchos les ha costado la libertad y la ruina total de sus vidas, todavía jóvenes y con un futuro espléndido, por culpa de un dúo periodista-policía con gran prestigio social.
Por ello, mi opinión es que un fax anónimo, según donde caiga, puede motivar un proceso judicial o ir directamente a la papelera, aunque la ley diga lo que dice y los procedimientos estén presididos por unos principios constitucionales o por otros casi medievales.
Habrá, digo yo, en el peor ( o mejor) de los casos que efectuar diligencias deinvestigación sobre la anónima comunicación.
Y yo pregunto, si es anónimo, ¿que garantías tiene? ¿quien pone en conocimiento los hechosdenunciados? ¿Se podrá ratificar la noticia a presencia judicial y con participación del letrado del imputado? ¿Se habrá obtenido la información vulnerando losderechos fundamentales del imputado y, e nsu caso, nops encontraríamos anteuna prueba viciada de nulidad?. Y mi interrogantes más que un buen abogado defenderá correctamente.
Si no hay más que un fáx anónimo la causa seguirá abocada al archivo.
El que pretenda actuar así que de la cara y aporte pruebas con nombre y apellidos.
Estimado compañero de pasillos y dependencias jmp y resto de foristas: ¡¡¡¡¡ cosas más raras se han visto ¡¡¡¡¡.
Yo no he tenido hasta la fecha (y que Dios siga siendo beenévolo conmigo) ningún tema iniciado a causa de un escrito anónimo. Pero habrás observado como el resto de mortales que, en determinados casos publicitados antes por la prensa que a las propias partes, hay jueces que han dado credibilidad a fotocopias supuestamente salidas de los servicios de inteligencia, sin firma ni sello alguno, y nunca corroborados por ellos. O, por ejemplo, como se apalizaba a un testigo protegido al que supuestamente sus más que probables agresores tenían el deber de proteger. O como un capitán de los servicios especiales de la GC cambiaba unos casquillos de bala violando el propio despacho del juez. En estos casos, no crees que el defensor, casi siempre un prestigioso y carísimo penalista, no habrá presentado mil recursos de queja, reforma, apelación, recusación, casación, de amparo, ..? Y qué han conseguido cuando esos casos han sido sentenciados o, por lo menos, los procesos continúan?
Por todo ello a mí no me extrañaría nada que un simple y anónimo fax remitido a un juzgado de instrucción, a la fiscalía o a cualquier grupúsculo policial diera paso a un sumario, con la consiguiente posibilidad de que finalice en archivo, sobreseimiento o juicio oral. Por supuesto que su tramitación tendrá que ir venciendo los obstáculos que planteen las defensas, que no serán pocos.
También creo que la mayoría de jueces, que son serios y no buscan la notoriedad de los medios, no harían ni caso de tal documento rompiéndolo en 1000 pedazos.
Lo triste, para mí, es que una persona -por muy delincuente que sea- se vea en el trance de verse imputado a causa de algo tan pobre y oscuro como un fax anónimo.
Afortunadamente, este tipo de sucesos no pasan de ser una mera excepción a la norma general de exigir cara y ojos a cualquier imputación que se haga a alguien, y más si entramos dentro del ámbito penal por las graves consecuencias que se pueden originar a las personas.
Por supuesto esto es mera opinión, tan válida como cualquier otra.
Prostituta que denuncia a los responsables de su introducción ilícita en España, no salda deuda....ah. mecanismos del estado: Ley de proteccion de victimas y testigos...identidad supuesta...etc., resultado, sentencia: con toda probabilidad degollada y tirada en cualquier cuneta de la N-III.-
Traficante...y a veces letrado arrepentido de cárteles de introducción de drogas, blanqueo de capitales, prostitución.....sentencia: despues de la aplicación de la misma Ley, tiroteado delante de su familia en un pueblo olvidado de la Galicia profunda.
Contable, ducho en artimañas legales suficientes para enmascarar dinero negro obtenido por grandes empresas inmobiliarias con sede en Gibraltar, testigo relevante para la causa, desaparecido en las marismas del Guadalquivir.
Organizaciones clandestinas de tráfico de inmigrantes, bandas de cabezas rapadas, delincuencia común....y pregunto ¿y a ustedes les extraña sinceramente que haya gente que trate de colaborar de forma anónima con la justicia trayendo a la luz noticias que jamás se podrían revelar si se conociese su procedencia?
La cuestión planteada, primero, no es que un fax, llamada telefonica, carta, o noticia, efectuada de forma anónima sea por si sola suficiente para una posible condena, pero sabrán que la delación es completamente legítima, y que atañe a la justicia, y particularmente a los...como dijo.., espere que no lo recuerdo...ah, si, grupúsculos, la obligación de comprobar cualquier noticia que pudiera revestir carácter de delito, aunque esta lo sea de forma anónima. Dudo sinceramente que ninguna autoridad judicial cometa la grave imprudencia de romper en mil pedazos un fax conteniendo la narración o datos que pudieran ser o determinar la comisión de un hecho delictivo.-
Otra cosa, es que por sí sola, y sin otros indicios (o pruebas) pueda ser suficiente para incoar un procedimiento e imputar a una persona.
Pero deduzco de la cuestión analizada, que se trata de un procedimiento ya abierto (está archivado) y que este fax podría abrir la vía para la obtención de nuevas pruebas inculpatorias, y no para que por sí mismo fuese válido para en su día obtener de una condena.
La justicia en todo su término amplio, nace para paliar el ansia de venganza del ofendido, asumiendo la propia sociedad con sus estructuras jurídicas y policiales, la responsabilidad de una satisfacción a la parte agraviada, y de forma subsidiaria proteger al resto de la sociedad, pero ello siempre dentro del marco de derechos y libertades igualmente protegidos por aquella y canalizados a través de ella. Y si un delicuente....por muy delincuente que sea...debe se condenado, eso si observando todas las garantías constitucionales habidas o por haber, debe serlo, aunque para ello, un proceso se haya iniciado con motivo de una denuncia anónima dado que en la actualidad, desgraciadamente, no existen medidas realmente efectivas ni jurídicas y prácticas, que puedan otorgar una protección real a una victima o a un testigo.-
Pero, por supuesto, esto tambien es solo una mera opinión, tan válida como cualquier otra.-
JMP, cándido donde los haya aunque depende de las circunstancias, discrtepa de ti,amigo Foxi.
Se me olvidaba, dentro de las garantías constitucionales se encuentran todas las que manifesté en intervención anterior, y más.
Lo de la venganza privada pensaba yo que lo teniamos superado intelectualmente. Veo que no.
Arriba la inquisición, el sambenito y el Auto de Fe.
Arriba las garantías constitucionales, amigo Foxi, arriba.
Lo que dices esta muy bien. Yo te hablo de praxis. Si quieres llamalo candidez (no me valen ejemplos puntuales, yo conozco mil de signo contrario), hablo de generalidad.
JMP, sabe usted perfectamente por mis intervenciones en otras consultas, que soy un gran defensor del estado de derecho, aunque ello comporte asumir determinados errores.
Dicho ello, jamás abogaré por estados inquisitivos ni mucho menos, pero me resulta, solo a veces, y disculpeme por si lo interpreto mal, que casi siempre usted y algún otro forista, no se quitan la toga de defensor, aún cuando, quien hace la consulta pueda ser victima y/o testigo.
Le puedo asegurar que mis respuestas tratan de ser más consecuentes con la práxis que con postulados teoricos y es por ello, que me niego a no dar respuesta a la parte acusatoria cuando la hay.
Esgrimir que una delación forma parte de un postulado inquisitorial, es poco menos que desvirtuar la verdadera esencia de la justicia, que no es otra que alcanzar una verdad jurídica, que no real de lo acontecido en un suceso, y tan legítima como cualquier otra, aunque por su propia esencia, necesita del apoyo de otros indicios.
¿que es cuestionable?, ahí es donde confunde la práxis con la teoria. Desde luego sería demagógico, pero teoricamente válido, que toda afirmación sobre un hecho delictivo contara con la identidad de aquellos que formulan una acusación, pero tampoco podrá ignorar que legislativamente hablando, no existen recursos suficientemente válidos para proteger a quien los formula, y eso querido forista, es práxis, y no teórica de jornadas de derecho infinitas.
Solo el olor a quemado de un cuerpo, o la sensación de humedad de un tanatorio nos devuelven a la realidad y a esa descarnada práxis, aún cuando ello le pueda sonar excesivamente dramático.-
Juridicamente hablando, y en relación a la consulta, aunque no sea algo tran grave como para tal dramatización, si remite un fax anónimo, en el cual, dé los suficientes datos como para proseguir la investigación, y ésta se lleva a cabo, en principio, no tendría que tener más relevancia, sin que ello deba de tener que ser excusa, para acusar infudadamente a unos de inquisidores, y a otros de grupúsculos (y saldrá seguramente alguien que lo identifique con palotes),
Pero la realidad, es que no son frecuentes, pero no por ello dejan de ser ajustadas a derecho, y a veces una fuente de información inapreciable.
Pero, repito, es solo una opinión, que tampoco es completamente contraria a la suya
Gracias por las respuestas, pero no se enfaden entre ustedes.
El asunto es que en una empresa donde hay dos socios uno de ellos ya no está debido a que rompe peras con el otro socio por robarle.
Este el que le robaba falseaba alguna factura simulando que vendia productos que en el año de la venta no estaban ni en el mercado.
El otro socio un bendito y confiado denuncia y se inician unas diligencias previas por una factura falseada, una venta del 2004 pero se archivan ya que el falseador alega que se trartó de un error de contabilidad pero que ese producto se vendió. (imposible puesto que es del año 2005).
El socio denunciante no cayó en ese detalle y mi pregunta es:
¿si mando un fax, carta anonima al juzgado de guardia puede tener efecto?
¿Como puedo saber en que juzgado están las diligencias archivadas?
¿ o lo mando al grupo policial?
Amigo Foxy, lo que sostengo es que un fax anónimo no dejará de ser una "noticia criminis" en este caso. Y en contestación a la "acusación" creo de justicia aconsejar que no es la vía correcta, que hay que dar la cara. Lo exige el procedimiento.
De lo contrario el procedimiento seguirá abocado al archivo. Y esto no es ponerse al lado del en su día imputado ( si es que lo hubo), es aconsejar a la parte acusadora (lo digo en términos generales) de como debe actuar y de lo inocuo que puede resultar la forma propuesta de remitir un fax anónimo.
Como aludido no puedo estar más que al lado de jmp, sin que por ello menosprecie los argumentos esgrimidos por Foxy, los cuales tienen su peso.
Sólo quiero dejar constancia de que hoy cualquier persona tiene vías o cauces como para poder poner en conocimiento de la autoridad policial y judicial cualquier hecho que presente indicios delictivos sin que por ello tenga que ver necesariamente en peligro su vida y el resto de sus bienes jurídicos (protección de testigos, etc.).
Esto queda muy bien decirlo, pero soy consciente de que los malos pueden llegar a acceder a cualquier información ya que manejan mucho dinero y pueden comprarlo casi todo, entre otras muchas formas de amedrentar al "denunciante" y torpedear el procedimiento. Pero, por otra parte, tampoco es de recibo mantener procedimientos inquisitoriales o sus principios ya que mañana cualquiera de nosotros puede ser víctima de ellos y exigiremos "cara y ojos" a la acusación.
La realidad es que articular ambas realidades es harto difícil y complejo. El que encuentre la fórmula que la patente.
El caso es que tarde o temprano el anónimo acusador, denunciante o como quiera que queramos llamarle tendrá que dar la cara. Así lo exige nuestro ordenamiento y para mí no podía ser de otra forma.
Y el hecho de estar a favor de una posición no implica estar en contra de la otra. Ni presuponer la opinión del resto, por muy "antipalote" que se sea.
Hay profesionales que sólo suelen apreciar una visión de la película, otras tienen la contraria o ambas y, al final, la cuestión se dirime con aspectos parciales de las dos posiciones, o con ninguno.