Tengo alquilado un piso, tengo muy claro que el inquilino no quiere pagar aduciendo razones peregrinas y estoy a punto de enviarle el telegrama avisandole de que de no abonar la renta que adeuda le será incohado el Desahucio por falta de pago. He interpuesto la demanda yo mismo varias veces, pero hace varios años. Sé que he de interponer la demanda correctamente, luego el proceso una vez admitido a trámite, pasa por varias fases, pero cada vez que lo he realizado, creo que hubo variaciones, aunque sé que basicamente siempre son las mismas, y es justamente eso que quisiera que me aclarasen o me digan que pag de Internet aclara algo sobre este tema, gracias
Hola Perch. Creo que lo mejor que puede hacer es acudir a un/a profesional de la abogacía para que le tramite la Demanda de Resolución de contrato(el deshaucio). Además,le explicará con lujo de detalles todas las fases del procedimiento.