Paquito no lo ha podido explicar mejor, discriminación de ningún tipo, como se organicen los padres no es responsabilidad de la administración. A ver si porque dos padres estén separados van a tener más derechos que unos que no lo estén, entonces habría discriminación con otras familias.
No hay discriminación de ningún tipo, o cumple los criterios o no los cumple.
En caso de poder incluirse en dos familias se incluirá donde se tenga la residencia, es decir, con el custodio. En caso de custodia compartida y no haber acuerdo entre los dos progenitores, se alternan los años.
EL TEMA ES EL SIGUIENTE:
Pareja con 2 hijos se separa. El padre, con su nueva pareja tiene otro hijo y al tener ya 3 solicita y le conceden el Título de Familia Numerosa. 2 años después la madre, con su nueva pareja tiene otro hijo y al ser también ya 3, solicita el Título y se lo conceden. Unos meses después el Título del padre caduca y al renovarlo se lo deniegan alegando que sus 2 hijos mayores ya forman parte de otro Título (el de la madre) y que no se pueden duplicar.
MI PREGUNTA: Aparte de que la Ley es clara a la no duplicidad de los Títulos con los mismos integrantes, ¿no se consideraría discriminación del hijo pequeño del padre con respecto a sus hermanos mayores que sí disfrutan del Titulo y sus ventajas? Existe algo que lo ampare al respecto?
Muchas gracias.