No se si será el caso, pero el convenio de oficinas permite hasta cuatro días de baja por enfermedad que solo se tienen que avisar.
En cualquier caso no son faltas justificadas.
SALUDOS.
Buenas! Necesitaría ayuda para aclarar los siguientes conceptos, pues encuentro bastantes matices que me hacen dudar de lo que se considera falta justificada y falta injustificada al trabajo.
En principio en mi empresa no nos piden justificante médico si faltamos por enfermedad hasta máximo los 3 días que puedes faltar sin solicitar la baja médica. Es decir, faltas pero avisas que no puedes acudir al trabajo por estar enfermo y posteriormente nadie te exige justificante médico (aunque es cierto que ha habido quien lo ha traído pero nadie se ha ocupado de revisar tal documentacion). El único control que se lleva al respecto de las faltas de asistencia por enfermedad sin baja médica es que el departamento de administración anota las fechas en las que ha faltado cada empleado, pero sin matizar si se justificó o no mediante papel.
Ahora viene mi duda. La empresa no exige ese justificante físico, por tanto:
- ¿se entiende como falta justificada? Como ellos no exigen el papel y dan por buena y suficiente la justificación verbal podría no entenderse como falta injustificada.
- o, por el contrario, es una falta injustificada porque no trajiste ningún documento médico al respecto. Otra cosa es que tu empresa no te lo exija ni tome medidas a pesar de que no te justificases.
También me pregunto si la empresa puede tomar medidas a posteriori, es decir, no te pidieron justificantes pero al recontar las veces que has faltado al año notan un alto nivel de absentismo y pretenden corregirlo con caracter retroactivo.
Son muchas dudas. Quizás alguien me podría decir si existe alguna web donde consultar sobre estos asuntos.
Me surgen todas estas dudas ya que en mi empresa se controlan los tiempos de entrada y salida del personal para verificar el cumplimiento del horario laboral, sin embargo, hay compañeros que faltan por "enfermedad" y no traen justificante, y no deben recuperar las horas de esos días que han faltado. Sin embargo, si yo tengo que salir una hora antes un día puntual por motivos personales deberé recuperar esa hora. En fin... me gustaría saber vuestras opiniones.