Ante la falta de remisión del EA por parte de la administración, tiene la respuesta en el artículo 53.1 de la LJCA. Sin perjuicio de que pueda deducir alegaciones complementarias una vez le haya sido remitido.
Será en el demanda cuando haya que sustanciar y justificar la prueba que solicita. Artículo 60.1 del mismo cuerpo legal.
Tenga siempre en cuenta que no existe el interrogatorio del Alcalde, ya que siempre será por pliego de preguntas por escrito.
Un cordial saludo.
Esta orientación es genérica, a título meramente informativo. No se han examinado antecedentes o documentos que pudieran hacer no idónea la respuesta. No debe sujetar sus actos a los criterios o plazos que se hayan expuesto. Edilocal Abogados declina cualquier responsabilidad por la utilización que pueda hacerse de la respuesta
Falta de remisión de expediente administrativo e interrogatorio del alcalde
Soy una abogada que no ha llevado muchos temas de contenciosos-administrativo y tengo algunas dudas que quisiera que me contestaran.
He presentado un procedimiento abreviado por inactividad de la administración contra un ayuntamiento que concedió una licencia ambiental a una explotación ganadera condicionada al cumplimiento de una serie de medidas correctoras que no se llevaron a cabo en el plazo concedido de 6 meses, como ha reconocido el ayuntamiento al Procurador del Común de la autonomía..
Como la explotación causa graves problemas de insalubridad a los vecinos, mi cliente, uno de esos vecinos, llegó a presentar quejas al Procurador del Común de la autonomía, dado que el ayuntamiento ha pasado siempre de las quejas que directamente se le han planteado.
Hemos aportado como prueba toda las cartas que el Procurador del Común requiriendo al ayuntamiento para que revoque la licencia ya que ha reconocido a esta institución que no se han cumplido las medidas impuestas.
El caso es que el ayuntamiento no ha aportado todavía el expediente, y por lo que tengo entendido, ni tan siquiera existe expediente sobre esa concesión de licencia. el juzgado le acaba de reiterar la remisión del expediente.
Yo la única prueba que tengo sobre todo esto son las innumerables cartas remitidas por el Procurador del Común al cliente indicándole las averiguaciones que realizó, las contestaciones del ayuntamiento reconociéndole que se concedió la licencia y que no se llevaron las medidas correctoras en plazo. Todo esto viene de hace 9 años, que es cuando se concedió la licencia, supuestamente. Las cartas del Procurador del Común no pueden ser más claras sobre el reconocimiento de la concesión de licencia, las condiciones que debía cumplir la explotación, las propuestas hechas por el Procurador del Común al ayuntamiento y que éste aceptó a pesar de no cumplirlas... con fechas de todo.
MI duda es que si debo pedir la prueba de interrogatorio para que el alcalde conteste una serie de preguntas para obligarle a que reconozca que concedió la licencia, ya que éste ha presentado escrito al juzgado indicando que él es responsable de remitir el expediente que no se ha remitido al juzgado o si con la prueba de las cartas del Procurador del Común ya queda acreditado el incumplimiento del ayuntamiento de revocación de licencia ambiental.
El juicio lo tengo para el día 3 de octubre.