Hemos despedido a un trabajor por causas objetivas, sin el preaviso de un mes de antelacion, mi pregutna es en el mes que devemos de pagar por falta de preaviso se debe incluir la parte proporcional de pagas extras???????. Muchas gracias
¿no habeis hecho expediente de regulación de empleo? supongo que eso lleva un tramite y por eso es el preaviso de 30 días además tendrá que tener derecho a una hora para buscar un nuevo trabajo no?
Se puede cambiar la falta de preaviso por indemnización?
En mi opinión sí hay que incluir la p/p de las pagas extra.
El mero hecho de que te hayan contestado, con mayor o menor acierto, debería ser suficiente para que estuvieras agradecido, en lugar de contestar como lo has hecho, que aquí nadie esta obligado a contestar.
No seria mejor, que si tienes esas dudas, abrieras mensaje, lo unico que has hecho ahora es dar la sensacion de que alguien ha contestado a mi pregunta y realmente alguien que supiera la respuesta no se meta porque al ver que ya una respuesta piensa que ya lo ha contestado alguien.
Crisf, bueno la verdad que viendo ahora he sido brusco.
Pero dime, lo que hace Marilo, es responderme o hacer una serie de preguntas, que no tienen que ver con mi pregunta, si al verla le ha venido esa serie de dudas , abre un nuevo mensaje y que alguien te conteste , porque yo al menos , me meto en los mensajes, que por el tema me interesan para resolver alguna duda, o para dar respuesta, si la se, sino la se no contesto, porque esto puede llevar a la persona, que espera la contestación, una falsa expectativa, y en mi caso de verdad, que me corría prisa.
Estoy totalemente de acuerdo con CrisF:
Nosotros abogados y graduados sociales prestamos un servicio desinteresado que en la calle vale dinero y a veces mucho... sólo o por amor al arte o por contrastar criterios con otros colegas y solucionar problemas laborales de la gente.
Es verdad quer Marilo, con buena fe, aunque con una cierta imprudencia, se precipitó contestando, pero en cualquier caso: Ibón ¿Tú de que vas? Echando en cara a la gente su ignorancia...
Paga un abogado de carne y hueso y después si no te gusta le pones verde...
Habrase visto semejante soberbia...
Creo que te confundes de medio a medio, yo aquí no he venido a evitarme una consulta gratis, yo aquí he venido a que alguna compañero o compañera de trabajo, me resolviera una duda MUY URGENTE que tenia, como yo( hace tiempo que no entraba) he resuelto las que he podido y estaba segura de dar solución, tanto a neofitos en temas fiscales como a compañeros.
Ahora he necesitado una mano y he entrado a ver si me podían ayudar alguien. Y la verdad a razón de la contestacion de marilo, pensé que era de alguien que pasaba por aquí de vista y no tenia mejor sitio que dejar su pregunta que en mi mensaje.
Soberbia, donde?????? y otra cosa a quien he puesto yo verde???????, ya le he reconocido que habia sido brusca, y tu no estas siendo nada ahora??????
Aun a riesgo de que me caiga un rapapolvos tengo varias dudas en tu consulta ibon, veamos:
Despido por causas objetivas tiene un estricto protocolo para que se pueda considerar así, entre ellas el preaviso, entiendo que ningún juez aceptará ese tipo de despido sin el preaviso en tiempo, y sin las horas para buscar otro empleo (a esto supongo se referia el o la colega anterior) etc.. por tanto, estas segura que no van a ir a un despido improcedente??? entiendo que la falta de preaviso no se puede sustituir por nada, deja sin efecto el despido o dicho de otro modo lo convierte en improcedente por tanto empezamos a hablar de salarios de tramitacion y esto nos remonta a una cuestion que dio mucho que dabatir con referencia a las pagas extra, hasta cuando se pagan, hasta la sentencia o hasta la fecha del despido, creo que la discusión quedó en tablas ya que cada postura disponía de buenos argumentos, el compañero anterior tomó parte en esa discusion, yo tambien aunque en otro punto de vista.
No puedo dar una respuesta en cualquier caso esto casi seguro irá a juicio y entonces ya pedirá la o el trabajador lo que estime y os defendereis como podais, si fuera yo sin duda demandaría por despido improcedente.
Nessier: Siento tener que corregirte pero el no preaviso de 30 días no da lugar a la nulidad o a la improcedencia de dicho despido objetivo sino que dará lugar en todo caso al abono de los días que no hayan sido preavisados.
Asimismo yo considero que sí que debe ir el PPPE en los salarios de trámite.
Nessier: lo consultamos en inspección de trabajo, hace unos días y si que es posible omitir el mes de preaviso, sustituyendolo por el mes de sueldo, la duda era que yo creía que no se incluía la parte de pagas extras, pero en conciliación le dijeron al trabajador que debía incluirse las pagas extras
Pero es que no entiendo como una cosa así (si puede omitirse el preaviso y, en su caso, consecuencias). El art. 53.4 del ET lo deja bien claro:
"La no concesión del preaviso no anulará la extinción, si bien el empresario, con independencia de los demás efectos que procedan, estará obligado a abonar los salarios correspondientes a dicho periodo."
Y respecto a si debe tenerse en cuenta o no las pagas extras en el cálculo de esa compensación por falta de preaviso, entiendo que tambien es obvio. Se trata de compensar or los conceptos salariales que hubiera devengado de respetarse el preaviso (salvo, tal vez, los que no retibuyan tiempo de trabajo propiamente dicho o tengan una naturaleza compensatoria). ¿o no huberia devengado el trabajador la prorrata de pagas extras si la empresa hubiera resptado el preaviso?.
No sientas corregirme arthur, muchas gracias, insisto estoy oxidada y lo primero que me vino ala mente es no preaviso, entonces no horas, no cumplimiento y ya no pensé más, pero por lo menos os he metido de nuevo en el debate, je, je, je...
Reflexionaré más la proxima vez antes de contestar y lo dicho otras veces ahí estais para corregirme si mto la pata.