-Empleados del sector de la siderometalurgica en la Comunidad de Madrid.
-Contrato indefinido de 39 horas semanales.
-Trabajando por administración (para otra empresa).
-Realizando guardia 24x7
-Una hora del turno de tarde entre las 22:00 y las 23:00.
Problemas:
-No percibimos la nómina hasta pasado la mitad del mes y prolongandose hasta el día 20 aprox. (desde hace varios meses).
-Falta de los pagos extras de comida diaria y horas extras (fuera de nómina como ingreso extra).
-Imposibilidad de irme, por voluntad propia al estar por administración, a otra empresa del mismo proyecto.
Mi deber, es la principal...no abandonar el puesto de trabajo ya que motiva el despido procedente...pero, ¿A que derechos me puedo acoger?
El tema está bastante claro: debéis solicitar la extinción del contrato de trabajo, por incumplimiento contractual del empresario, con lo cual, en caso de estimarse, tendréis derecho a una indemnización de 45 días de salario, prorrateandose por meses los periodos inferiores al año, hasta un máximo de 24 mensualidades (como si se tratara de un despido improcedente), por vía del art. 50.1b) y c) del Estatuto de los trabajadores. Además de la indemnización, tendréis derecho a las prestaciones de desempleo (siempre que cumpláis los requisitos de cotización).
Mi consejo es que acudas a un/a Graduado Social o Abogado/a cercano a tu población para que te de más información, y si sois varios los afectados, que acudáis juntos.
También te aconsejo que no abandones el puesto de trabajo.
El tema está bastante claro: debéis solicitar la extinción del contrato de trabajo, por incumplimiento contractual del empresario, con lo cual, en caso de estimarse, tendréis derecho a una indemnización de 45 días de salario, prorrateandose por meses los periodos inferiores al año, hasta un máximo de 24 mensualidades (como si se tratara de un despido improcedente), por vía del art. 50.1b) y c) del Estatuto de los trabajadores. Además de la indemnización, tendréis derecho a las prestaciones de desempleo (siempre que cumpláis los requisitos de cotización).
Mi consejo es que acudas a un/a Graduado Social o Abogado/a cercano a tu población para que te de más información, y si sois varios los afectados, que acudáis juntos.
También te aconsejo que no abandones el puesto de trabajo.