Hay dos relaciones jurídicas: La tuya con dichas empresas al contratar sus servicios y la tuya con los inquilinos, en virtud de los pactos establecidos en su día en el contrato de arrendamento.
Las empresas suministradoras no son parte en el contrato de arrendamiento, por lo que debes pagarles tú en virtud del contrato de suministro que firmaste en su día.
Una vez hecho esto, procede que reclames por tu cuenta a los inquilinos, en virtud de las oblñigaciones por ellos adquirido en el contrato de arrendamiento.
No obstante, habría que ver las cláusulas de dichos contratos de suministros para darte un consejo más aproximado.
A finales de noviembre se fueron los inquilinos de la casa que yo les tenia alquilada, me avisaron con 4 días, en cuanto a meses todos me los pagaron.El problema viene es que con iberdrola y gas natural me han dejado una deuda de 200?, las cuales las he tenido que pagar para que no me cortaran el servicio.Con Repsol me ha dejado 800 y pico euros de deuda, en el contrato de repsol yo figuro como titular y el inquilino como pagador, les he mandado un fax con el contrato de alquiler para intentar que la deuda no recaiga sobre mí pero no me han asegurado nada, ¿qué puedo hacer?