Hola, me gustaria que alguien pudiera orientarme sobre esto.
Soy propietaria de un piso (recibido en herencia), con un inquilino en renta antigua (contrato del año 1961).
En el año 2000, falleció el inquilino, y no se me notifico nada, (ni siquiera me entere, vivo en otra ciudad), al cabo del año o más, me entere por medio de otras personas y mande un telegrama requiriendo a su esposa para si se subrogaba, no me contesto hasta la fecha en que lo he ido dejando pasar.
Ella ha seguido pagando la renta, no le paso recibo solo me ingresa cada tres meses el importe en el banco, no le he subido el ipc, ni le he pasado el recibo de contribucion, ni he tenido ningun contacto con ella.
Mi pregunta es, si por no notificarme el que desea la subrogacion tal como indica la ley, tengo alguna posibilidad de demandarla.
En el contrato, estaba a nombre de su esposo, y ella no consta aunque ya estaban casados.
Podria desahuciarla por la falta de notificación o han transcurrido ya demasiados años, han pasado unos 5 años desde que falleció su esposo.
Muchas gracias por adelantado
Un saludo
El no haberle comunicado el fallecimiento del arrendatario en el plazo de 3 meses, ya supone la extincion del contrato, maxime si usted se lo requirio mediante burofax. Tambien seria motivo de deshaucio el pago de la renta mensual despues del dia 5 de cada mes, y a usted le esta pagando cada 3 meses. Pongase en contacto con su abogado, creo que puede declarar extinguido el contrato y solicitar el deshaucio. Un saludo.
¿Y cuando el viudo o viuda del inquilino de renta antigua lo ha comunicado, pero no ha justificado esa subrogación -certificado de defunción, libro de familia- tal y como dice la LAU actual?. Incluso se le dijo que documentación tenía que remitir pero no lo hizo.
Aunque en la LAU está claramente recogida la obligatoriedad de la notificación para poder subrogarse, la jurisprudencia no lo entiende así y la falta de notoficación no es causa suficiente para extinguir el contrato.