Raquel:
La fundamentación probatoria o fáctica debe formar parte ineludible de cualquier sentencia, pues ellas llevan al Juez hacia el juicio que emite la sentencia ( los doctrinarios franceses afirmaban que: en la guerra hablan los cañones y en el proceso gritan las pruebas).
Debe distinguirse claramente las partes de la " motivación de la sentencia", donde se expresan los actos y/o hechos que justifican o no el derecho que se pretende y la " Fundamentación de los hechos" que el juzgador realiza de acuerdo a las pretensiones de las partes.
La comunidad probatoria se logra por intermedio de quienes tienen acceso a la realidad discutida: El juez es respecto de las cuestiones del proceso ante todo un árbitro.
Es todo cuanto puede decirte por el momento.
Me acaban de dar la sentencia de la Audiencia Provincial respecto a la solicitud de cambio de custodia.
En la sentencia, no se alude a nada de lo que alegué en la apelación. Es básicamente una reproducción de lo que dijo el juzgado de primera instancia. Tampoco me admiten pruebas importantes para probar lo que digo en la apelación (esto ya sucedió en primera instancia), y esto a pesar de hacer un recurso de reposición cuando son legales las pruebas.
No solicité el uso del domicilio conyugal en la apelación y de repente me encuentro que la Audiencia Provincial me cede la vivienda que ahora mismo es de uso y disfrute del menor (mi hijo) sin siquiera haberlo pedido.
¿Puede el Provincial otorgarte algo que no solicitas? ¿Cómo es posible que sin haber solicitado el uso y disfrute de la vivienda familiar pretendan que deje a mi hijo en la calle?. ¿Puede no valorar las alegaciones que hice y que no se ven reflejadas ni una sola en la sentencia?. La anécdota además es que en una frase de la sentencia me cambian hasta el nombre, aunque si coinciden los apellidos.