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Falta de intimidad

5 Comentarios
 
Falta de intimidad
11/11/2018 00:43
Hola me dirijo a ustedes para ver si me pueden ayudar.
Vivo toda mi vida en casa con mi madre pero el piso esta a nombre de mi hermana,mi madre falleció hace 4 meses y desde entonces vivo solo empadronado.Mi hermana me lo ha cedido en uso. Tengo un problema de intimidad,no quiere dejar su llave porque dicen que tambien es su casa y mi otro hermano viene todos los dias a mi casa y les he dicho que no me gusta que vengan a casa y que tengan llave.Se lo han tomado mal y he decidido pensar en cambiar la cerradura de mi casa,puedo hacerlo?Mis hermanos viven cada uno en su casa y me siento mal cada vez que no llaman a la puerta o entran sin avisar.La luz está a nombre de mi hermano pero le he dicho que la pongan a mi nombre y le cuesta el mundo...que puedo hacer para resolver el problema?
Gracias y un saludo
11/11/2018 09:25
Micalet8
No puede hacer nada porque en realidad ud. no es propietario y veo que pueda imponer ninguna condición. Si no le conviene tendrá que marcharse.
12/11/2018 17:16
Micalet8
Efectivamente. La vivienda es de los tres y los tres tienen los mismos derechos. No puede impedir el acceso a sus hermanos, ni tampoco el uso de la vivienda por parte de ellos.
Es lo que pasa con las cosas que son de varios.
12/11/2018 17:18
1996
Perdón había leído mal el texto. Su caso es todavía mas complicado, porque la vivienda es de su hermana, por lo tanto Vd. la está ocupando por simple tolerancia de ella y mientras ella lo autorice.
16/11/2018 11:08
Micalet8
Hola,
Me parece que las respuestas que te han dado obvian una cuestión fundamental: la cesión de uso que ha hecho tu hermana, ¿está documentada (notario, contrato privado...)? Si os habéis acogido así a la figura legal de cesión de uso o usufructo, te asisten los mismos derechos que a cualquier inquilino, entre ellos el de la inviolabilidad del domicilio.
Si no está documentada, lo mejor sería hacerlo cuanto antes. En ese caso, todavía te queda otra opción: la inviolabilidad de domicilio es un derecho básico, si tu puedes probar que estás residiendo en ese domicilio, nadie puede entrar en él sin tu permiso, independientemente de que tengas o no derecho a ocuparlo. Esto último lo ha de resolver un juez y, si así lo considera, ordenar un desahucio. Esto último ya dependerá de hasta qué punto considere que has adquirido el derecho a residir en la vivienda por el hecho de llevar años allí. Muchas veces estos casos de viviendas heredadas se resuelven ordenando la venta/subasta del inmueble.
17/11/2018 10:00
Micalet8
Lego2000: es que no me he explicado bien.
Por supuesto que eso que dices es cierto, pero si hace lo que tú le aconsejas la dueña de la casa le revocará el precario en el acto y entonces ya no es que no tenga intimidad en la vivienda, es que no va a tener vivienda.
En otras palabras: mi respuesta incluye el enfoque "realista" de cuales son las consecuencias de los actos jurídicos que uno quiera realizar. Como suelo decirle a los clientes "ganarás el pleito pero perderás el trabajo (o la casa o el matrimonio o lo que sea).