Textualmente pone "CALIFICACIÓN JURÍDICA: los hechos denunciados, sin perjuicio de lo que reulte de la instrucción del expediente, son constitutivos de 2 infracciones grave del art. 75.10 y 75.37".
He mirado el procedimiento sancionador de la Ley de Caza de C.yL. y en el Decreto 189/1994 de 25 de agosto, regulador del Procedimiento sancionador en C.yL., y no encuentro nada.
Un amigo recibió el inicio de un expte. sancionador por una denuncia puesta por un particular, y en el mismo se indican los artículos que supuestamente ha infringido, según dice el Organismo sancionador, pero en ningún momento dicen la Ley o Reglamente donde están recogidos. Estoy mirando la Ley 30/92, y no encuentro si por la falta de este dato se puede recurrir por nulidad. ¿Me puede alguien informar?