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Falso autónomo y cotización

2 Comentarios
 
Falso autónomo y cotización
18/09/2024 16:02
Buenos días,
Quería exponer mi caso en el foro, por si algún usuario puede arrojar algo de luz.

Llevaba 5 años trabajando en una empresa cuando Inspección de Trabajo reconoció que trabajábamos como falsos autónomos. La empresa fue sancionada, en el Oficio que emitió Inspección se anulaban los 5 años de RETA trabajados y cotizados por mi misma y se me regularizó la situación.
Como todo lo que excede de 4 años está prescrito, la empresa tuvo que abonar las cotizaciones en Régimen General de ese periodo de tiempo, pero no de los años anteriores.

El caso es que ahora, en mi Vida Laboral y en los informes de Bases de cotización, ese primer año de trabajo en la empresa se ha borrado y no consta como trabajado, ni en RETA ni en Régimen General. He presentado escritos tanto a Inspección de Trabajo como a la Tesorería de la SS, que desestiman mi petición de que sea incluido. Tras la negativa, presenté un recurso que también fue desestimado.

Mi pregunta al foro es si alguien conoce de alguna situación similar y qué ha ocurrido en ese caso, así como si alguien sabe cómo se debería considerar ese año trabajado y cotizado que ha sido suprimido de mi Vida Laboral. Por el momento, estoy lejos de mi edad de jubilación, pero puede ser un problema a largo plazo.

Gracias de antemano!
22/09/2024 13:35
Ebfont
Hola. Lo que tendrás que guardar es el informe de la Inspección de Trabajo en el que debe constar que llevabas 5 años como falso autónomo. Lo utilizarás cuando los precises.
Por ejemplo si la empresa te despidiese deberías aportar este informe y si no lo admitiese el SEPE, el Juzgado te reconocería el paro por todos los años trabajados y condenaría al SEPE a abonarte y anticiparte la totalidad del desempleo y también condenaría a la empresa a pagar 4 meses por el año no cotizado. Pero el SEPE debería anticiparte la totalidad y después intentar cobrar de la empresa.
Otor ejemplo, cuando te jubiles. Si te faltase o te repercutiese ese año no cotizado, harías la correspondiente reclamación y posterior demanda al Juzgado y éste dictaría sentencia como en el caso del paro. Condenaría al INSS a anticiparte la totalidad de la jubilación y a la empresa a pagar las diferencia ocasionada por esa falta de cotización de 1 año.
Saludos
23/09/2024 16:07
Expertolaboral
Muchísimas gracias por la respuesta. Así lo haré.
Mi temor es qué pasaría si en el momento de la jubilación (todavía me quedan cerca de 30 años) la empresa no existiera y, por tanto, no pudiera hacerse cargo del año no cotizado.
Gracias de nuevo