Un amigo le deja el coche a otro.
Ese amigo tiene un accidente con otro vehiculo.
El amigo al momento de hacer el parte amistoso, dice que se llama como el que es realmente asegurado, porque cree que es mejor para el seguro.
¿ podria considerarse eso falsificacion de documento mercantil?
Muchas gracias por la respuesta
Me gustaria si alguien, me pudiera ayudar, en esta pregunta, ya que aqui es un lugar para preguntar, no para ser mal educado ( juan Carlos)con el resto de compañer@s.
Gracias
Marta: estaríamos en presencia de un caso de suplantación de personalidad, probablemente, pero nunca de un caso de falsificación de documento mercantil, y menos desde la entrada en vigor del CP-95. Un saludo y espero haberte ayudado.
Yo creo que nunca se daria una suplantacion de personalidad, ya que segun la jurisprudencia, se debe suplantar la personalidad en el tiempo, no una sola vez.
Yo creo que estariamos ante un delito de falsificacion de documento mercantil, segun jurisprudencia del COLEX, que ahora mismo no puedo citar sentencias.
Pero por ejemplo, hacer una declaracion falsa de parte a una compañia de seguros, es considerada falsifiacion de documento mercantil
Espero haber ayudado con mi intervencion
saludos a todos
Considero, pero con cierta reserva, que la falsedad documental expuesta en la presente cuestión, se halla incardinada dentro de los supuestos de la falsedad ideológica que fue despenalizada en el código penal del 95. Es posible, sin embargo que efectivamente se esté cometiendo una usurpación de estado civil. Conozco sentencias, contrariamente a lo apuntado por angelus, en que condenan al supuesto autor de la comisión de una infracción de tráfico, que en el momento de identificarse facilitó los datos de un tercero, eso sí, para que se de el tipo, esos datos deben ser ciertos, es decir, debe existir la otra persona.- Ahora bien, aunque no figura en la exposición, es posible y sigo manteniendo mis dudas, que si por ejemplo, esta declaración perjudica los intereses de la compañía de seguros, en tanto en cuanto, debería haber cobrado una póliza superior, o tendría derecho a reclamar una parte proporcional, o bien, incluso a excluir determinadas prestaciones, podríamos está ante una una estafa, que dependiendo de la cuantía, podría ser delictiva, con lo cual subsumiría la usurpación de estado civil, por ser esta el medio para cometer el ilícito. No obstante reitero mis dudas al respecto.-