-- Falsificar la firma en un contrato de compra y venta de un vehículo ¿q hecho delictivo se puede imputar y qué tipo de penas se aplica o se está aplicando en el caso de que se demuestre dicha falsificación? ¿Respecto a la falsifiación el Código Penal o la jurisprudencia diferencia entre documentos públicos o privados?
Ese contrato de compra venta es un documento privado o mercantil? Se compra-vende para reventa o tanto el comprador como el vendedor son los usuarios finales sin intermediarios? Se perjudicó a alguien con esa firma falsa?
Es un contrato de compraventa de un vehículo entre particulares. Te cuento, una pareja se divorcia y en la separación de bienes q tenían la mujer se queda con el coche porque le correspondía pero en tráfico figuraba a nombre del marido. El marido le da una copia del DNI para hacer la transferencia y no la hace, por lo que la titularidad del vehículo en DGT está a nombre del marido. Posteriormente la mujer vende el vehículo mediante un contrato verbal a una amiga suya y esta amiga suya a su vez lo quiere vender a otra persona, llevando un contrato de compra-venta del vehículo en blanco a una gestoría sólo con la firma falsificada del marido (la persona q figura en tráfico) y figurando éste como vendedor del vehículo cuando en verdad la q vende el vehículo es la amiga de la mujer. Vamos una historia para no dormir.Espero haberme explicado. Un saludo y gracias.
A ver, para empezar no soy abogado, soy práctico. Como práctico te diré que lo mejor es dejar las cosas tal cual, el coche es de ella y hace con él lo que quiere, lo de la firma, en este caso, es accesorio. No hay perjuicio si lo he entendido bien.
En el campo del derecho serán otros los que te informen, pero a mi modo de ver, no hay nada. Según mi humilde opinión se trata de un contrato privado, por lo que no es aplicable el art. 392 C.P. y el 395 requiere un perjuicio de terceros.
yo opino igual,en el caso de las falsificaciones sin permiso en caso de juicio se requiere la ayuda de un perito....pero lo mejor es olvidarlo antes que llegar a juicio.
Es mas, si no ha tenido perjuicios ninguno, mejor que se haga el cambio de nombre de una vez, que luego las infracciones cometidas van a nombre del titular y aclarar la situacion si que son historias para no dormir.
hola , necesito saber cuando firmo una hipoteca en la notaria, las escrituras que me dan la copia simple, debe ser igual a la que se inscribe en el registro??? su contenido es EXACTAMENTE igual?? y si pido despues de unos años a la notaria una copia simple porque perdi la escritura que me dio el dia de la firma, esta debe ser igual en su contenido al que me dio en su momento el banco?? gracias